III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Delegación de competencias. (BOE-A-2023-25960)
Resolución de 23 de noviembre de 2023, de la Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se modifica la de 6 de octubre de 2008, sobre delegación de competencias.
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 304
Jueves 21 de diciembre de 2023
Sec. III. Pág. 169254
Dos. Se modifica el apartado Primero. Siete.3.3.1, letra a), relativo a las
competencias delegadas por el Director General en los Directores Provinciales, en
materia de políticas activas de empleo, que pasa a tener la siguiente redacción:
«a) La aprobación, en su caso, de la convocatoria de concesión de
subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, así como del acto de
convocatoria, resolución o norma de inicio en los supuestos en que se aplique el
régimen de concesión directa, conforme a las correspondientes bases o normas
reguladoras adecuadas al régimen jurídico de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
con el límite de los créditos presupuestarios que, para dicho fin, hayan sido
habilitados por los servicios centrales del Organismo; la resolución del
procedimiento de concesión de subvenciones; la autorización y disposición, en
consecuencia, aprobando gastos, reconocimiento de las obligaciones y ordenación
de los pagos, en caso de concesión, de dichas subvenciones.»
Segundo.
La presente resolución entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial
del Estado».
cve: BOE-A-2023-25960
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 23 de noviembre de 2023.–El Director General del Servicio Público de
Empleo Estatal, Gerardo Gutiérrez Ardoy.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 304
Jueves 21 de diciembre de 2023
Sec. III. Pág. 169254
Dos. Se modifica el apartado Primero. Siete.3.3.1, letra a), relativo a las
competencias delegadas por el Director General en los Directores Provinciales, en
materia de políticas activas de empleo, que pasa a tener la siguiente redacción:
«a) La aprobación, en su caso, de la convocatoria de concesión de
subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, así como del acto de
convocatoria, resolución o norma de inicio en los supuestos en que se aplique el
régimen de concesión directa, conforme a las correspondientes bases o normas
reguladoras adecuadas al régimen jurídico de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
con el límite de los créditos presupuestarios que, para dicho fin, hayan sido
habilitados por los servicios centrales del Organismo; la resolución del
procedimiento de concesión de subvenciones; la autorización y disposición, en
consecuencia, aprobando gastos, reconocimiento de las obligaciones y ordenación
de los pagos, en caso de concesión, de dichas subvenciones.»
Segundo.
La presente resolución entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial
del Estado».
cve: BOE-A-2023-25960
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 23 de noviembre de 2023.–El Director General del Servicio Público de
Empleo Estatal, Gerardo Gutiérrez Ardoy.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X