III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Convenios. (BOE-A-2023-25946)
Resolución de 14 de diciembre de 2023, del Consorcio Casa de América, por la que se publica el Convenio con la Universidad CEU San Pablo, para la realización de prácticas externas, trabajo de fin de grado y trabajo fin de máster.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 304
Jueves 21 de diciembre de 2023
Sec. III. Pág. 169075
Ayudas al estudio.
Consorcio Casa de América podrá si su presupuesto anual se lo permite, asignar una
cantidad mensual en concepto de bolsa o ayuda al estudio. En ningún caso dicha ayuda
tendrá la consideración de remuneración o nómina por la actividad desarrollada al no
existir relación contractual.
Régimen jurídico laboral.
De conformidad con el Real Decreto 1493/2011 (BOE de 27 de octubre de 2011), los
estudiantes universitarios que realicen prácticas remuneradas quedarán comprendidos
en el Régimen General de la Seguridad Social si bien el Real Decreto-ley 8/2014, de 4
de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la
eficiencia (BOE de 5 de julio de 2014) establece una bonificación del cien por cien de las
cuotas de la Seguridad Social para los estudiantes que realicen prácticas curriculares
remuneradas (Disposición Adicional Vigésimoquinta).
La participación de Consorcio Casa de América en el programa de prácticas no
supone la adquisición de más compromisos que los estipulados en el presente convenio.
Dado el carácter formativo de las prácticas académicas externas, de su realización no se
derivarán, en ningún caso, obligaciones propias de una relación laboral, ni su contenido
podrá dar lugar a la sustitución de la prestación laboral propia de puestos de trabajo.
Asimismo, y en el caso de que al término de los estudios el estudiante se incorporase
a la plantilla de la entidad colaboradora, el tiempo de las prácticas no se computará a
efectos de antigüedad ni eximirá del período de prueba, salvo que en el oportuno
convenio colectivo aplicable estuviera expresamente estipulado algo distinto.
En el ámbito de las Administraciones Públicas, Entidades de Derecho Público y
demás Organismos Públicos, la realización en los mismos de las prácticas académicas
externas no podrá tener la consideración de mérito para el acceso a la función pública ni
será computada a efectos de antigüedad o reconocimiento de servicios previos.
Si como consecuencia del desarrollo reglamentario de lo previsto en la disposición
adicional quinta del Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización
de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de
empleo, o por cualquier otra causa sobrevenida, se produjeran obligaciones de contenido
económico para alguna de las partes, estas darán por extinguido el convenio, debiendo
proceder, en su caso, a la negociación y firma de un nuevo convenio.
Elaborar un anexo a este convenio para cada estudiante en prácticas donde se
consigne la siguiente información: datos del estudiante, titulación, fecha de incorporación
y finalización de la práctica, entidad donde se realizará la práctica, el calendario y el
horario, así como el nombre del tutor académico y del tutor de la entidad colaboradora.
Además, el anexo del Estudiante deberá incorporar el proyecto formativo en el que se
harán constar los objetivos educativos y las competencias que debe adquirir el
estudiante, así como las actividades formativas que desarrollará. El órgano responsable
de la titulación resolverá cuantas dudas pudieran surgir durante el desarrollo de las
prácticas o del TFG/TFM.
Designar un tutor académico que velará por el normal desarrollo del proyecto
formativo, colaborará con el tutor de la entidad colaboradora en todos aquellos aspectos
que afecten al mismo, así como aquellas funciones que reglamentariamente se
establezcan.
Podrá proponer que los tutores de prácticas designados por la entidad colaboradora,
reciban el nombramiento honorífico de «Tutor/a en Prácticas Externas», de acuerdo con las
condiciones establecidas por el Consejo de Gobierno de la Universidad San Pablo-CEU.
Los trámites necesarios para la obtención del reconocimiento serán realizados por el
cve: BOE-A-2023-25946
Verificable en https://www.boe.es
Tercera. Obligaciones de la Universidad San Pablo-CEU (a través del centro
correspondiente u órgano responsable de la titulación).
Núm. 304
Jueves 21 de diciembre de 2023
Sec. III. Pág. 169075
Ayudas al estudio.
Consorcio Casa de América podrá si su presupuesto anual se lo permite, asignar una
cantidad mensual en concepto de bolsa o ayuda al estudio. En ningún caso dicha ayuda
tendrá la consideración de remuneración o nómina por la actividad desarrollada al no
existir relación contractual.
Régimen jurídico laboral.
De conformidad con el Real Decreto 1493/2011 (BOE de 27 de octubre de 2011), los
estudiantes universitarios que realicen prácticas remuneradas quedarán comprendidos
en el Régimen General de la Seguridad Social si bien el Real Decreto-ley 8/2014, de 4
de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la
eficiencia (BOE de 5 de julio de 2014) establece una bonificación del cien por cien de las
cuotas de la Seguridad Social para los estudiantes que realicen prácticas curriculares
remuneradas (Disposición Adicional Vigésimoquinta).
La participación de Consorcio Casa de América en el programa de prácticas no
supone la adquisición de más compromisos que los estipulados en el presente convenio.
Dado el carácter formativo de las prácticas académicas externas, de su realización no se
derivarán, en ningún caso, obligaciones propias de una relación laboral, ni su contenido
podrá dar lugar a la sustitución de la prestación laboral propia de puestos de trabajo.
Asimismo, y en el caso de que al término de los estudios el estudiante se incorporase
a la plantilla de la entidad colaboradora, el tiempo de las prácticas no se computará a
efectos de antigüedad ni eximirá del período de prueba, salvo que en el oportuno
convenio colectivo aplicable estuviera expresamente estipulado algo distinto.
En el ámbito de las Administraciones Públicas, Entidades de Derecho Público y
demás Organismos Públicos, la realización en los mismos de las prácticas académicas
externas no podrá tener la consideración de mérito para el acceso a la función pública ni
será computada a efectos de antigüedad o reconocimiento de servicios previos.
Si como consecuencia del desarrollo reglamentario de lo previsto en la disposición
adicional quinta del Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización
de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de
empleo, o por cualquier otra causa sobrevenida, se produjeran obligaciones de contenido
económico para alguna de las partes, estas darán por extinguido el convenio, debiendo
proceder, en su caso, a la negociación y firma de un nuevo convenio.
Elaborar un anexo a este convenio para cada estudiante en prácticas donde se
consigne la siguiente información: datos del estudiante, titulación, fecha de incorporación
y finalización de la práctica, entidad donde se realizará la práctica, el calendario y el
horario, así como el nombre del tutor académico y del tutor de la entidad colaboradora.
Además, el anexo del Estudiante deberá incorporar el proyecto formativo en el que se
harán constar los objetivos educativos y las competencias que debe adquirir el
estudiante, así como las actividades formativas que desarrollará. El órgano responsable
de la titulación resolverá cuantas dudas pudieran surgir durante el desarrollo de las
prácticas o del TFG/TFM.
Designar un tutor académico que velará por el normal desarrollo del proyecto
formativo, colaborará con el tutor de la entidad colaboradora en todos aquellos aspectos
que afecten al mismo, así como aquellas funciones que reglamentariamente se
establezcan.
Podrá proponer que los tutores de prácticas designados por la entidad colaboradora,
reciban el nombramiento honorífico de «Tutor/a en Prácticas Externas», de acuerdo con las
condiciones establecidas por el Consejo de Gobierno de la Universidad San Pablo-CEU.
Los trámites necesarios para la obtención del reconocimiento serán realizados por el
cve: BOE-A-2023-25946
Verificable en https://www.boe.es
Tercera. Obligaciones de la Universidad San Pablo-CEU (a través del centro
correspondiente u órgano responsable de la titulación).