II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-25940)
Resolución de 13 de diciembre de 2023, de la Universidad de Málaga, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 21 de diciembre de 2023

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solicitudes, según modelo normalizado de currículum que utiliza la Agencia Nacional de
Evaluación de la Calidad y la Acreditación para la acreditación nacional para el acceso al
Cuerpo de Catedráticos de Universidad, que se adjunta como anexo IV a la presente
resolución, o conforme a un modelo similar.
b) Un ejemplar de las publicaciones y documentos acreditativos de los méritos
alegados. En el caso de que los documentos no sean originales, el candidato o
candidata deberá presentar una declaración jurada en la que asegure, señalando
explícitamente cada uno de los documentos, que la copia entregada responde fielmente
al original, sin perjuicio de que pueden serle requeridos al interesado o interesada los
oportunos documentos originales que acrediten la citada declaración.
c) Proyecto docente, por sextuplicado, referido preferentemente a una asignatura
obligatoria, adscrita al área de conocimiento de la plaza objeto de concurso e incluida en
el correspondiente plan de estudios de una titulación oficial de Grado o Máster de la
Universidad de Málaga, con validez en todo el territorio nacional y que esté vigente en la
fecha de publicación de la convocatoria de la plaza en el BOE.
d) Proyecto investigador, por sextuplicado, que pretenda desarrollar el candidato o
candidata, conforme a la actividad investigadora que conste en la convocatoria de la
plaza.
9.2 Tras la presentación de la documentación reseñada en el punto anterior, el
Secretario o Secretaria de la Comisión de Selección, en sesión pública, determinará por
sorteo el orden de actuación de los candidatos. Posteriormente, se fijarán el lugar, la
fecha y la hora del comienzo de la prueba, haciéndose públicos en el mismo lugar en
que haya celebrado el acto de presentación. Igualmente se establecerán el lugar y el
plazo durante el cual los aspirantes podrán examinar la documentación presentada por
los demás concursantes antes del comienzo de las pruebas.
9.3 La prueba comenzará en el plazo máximo de diez días naturales desde el acto
de presentación de los concursantes.
10.

De la prueba

10.1 El concurso de acceso a plazas del cuerpo de Catedráticos de Universidad
constará de una prueba única en la que el candidato o candidata expondrá oralmente
durante un tiempo máximo de 90 minutos su curriculum vitae y su proyecto investigador.
Seguidamente, la Comisión debatirá con el concursante durante un máximo de 120
minutos sobre el proyecto docente, el proyecto investigador y el curriculum vitae.
10.2 Finalizada la prueba, cada uno de los miembros de la Comisión de Selección
deberá emitir informe razonado del sentido de su voto para la adjudicación de la plaza,
ajustado a los criterios generales establecidos por la Universidad y concretados por la
Comisión de Selección, en el que valorará el historial académico, docente e investigador,
y los proyectos docente e investigador presentados, así como las capacidades del
candidato o candidata para la exposición y debate ante la Comisión demostradas
durante la prueba. A la vista de dichos informes se procederá a realizar una valoración
mediante votación en la que no será posible la abstención.
10.3 No podrá proponerse un número de concursantes superior al de las plazas
convocadas, debiendo contar el concursante propuesto con al menos tres votos
favorables.
10.4 La Comisión de Selección propondrá la adjudicación de la plaza a favor del
concursante que haya obtenido el mayor número de votos favorables, lo que constituirá
su fundamento de motivación. En el caso de que dos o más concursantes obtengan el
mismo número de votos favorables la Comisión establecerá la prelación de dichos
candidatos mediante una segunda votación en el que cada miembro votará de manera
excluyente por un solo candidato entre aquellos que hubieran empatado inicialmente. El
presidente dirimirá con su voto los empates.
10.5 Los concursos podrán resolverse con la no adjudicación de la plaza objeto de
concurso cuando ningún concursante obtuviese, al menos, tres votos favorables.

cve: BOE-A-2023-25940
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Núm. 304