II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-25937)
Resolución de 13 de diciembre de 2023, de la Universidad de Jaén, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 21 de diciembre de 2023
10.
Sec. II.B. Pág. 168977
Comisión de reclamación
Las reclamaciones serán valoradas por la Comisión de Reclamaciones prevista en
los artículos 109 de los Estatutos de la Universidad de Jaén y 66.2 de la LOU.
11. Documentación a presentar por los candidatos propuestos
Los candidatos propuestos para la provisión de las plazas deberán presentar en el
plazo de veinte días hábiles siguientes al de conclusión de la actuación de la Comisión
en el Registro General de la Universidad de Jaén, los siguientes documentos:
a) Documentación acreditativa de cumplir los requisitos a los que alude el
apartado 2.2. de las bases de esta convocatoria.
b) Copia del documento nacional de identidad o documento acreditativo de la
nacionalidad certificado por la autoridad competente del país de origen.
c) Certificación médica oficial de no padecer enfermedad ni defecto físico o
psíquico que impida el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor de
Universidad.
d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente
disciplinario del Servicio de ninguna Administración Pública ni hallarse inhabilitado para
el ejercicio de funciones públicas.
e) En el caso de los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán
presentar declaración jurada o promesa de no estar sometidos a sanción disciplinaria o
condena penal que impida en su estado el acceso a la Función Pública, debidamente
certificado por la autoridad competente del Estado de procedencia.
f) Declaración de no estar afectado de incompatibilidad en el caso de venir
desempeñando alguna actividad pública o percibiendo alguna pensión.
12.
Nombramientos
Los nombramientos propuestos por la Comisión de Selección serán efectuados por el
Rector de la Universidad de Jaén. En caso de que el candidato propuesto no presentase
oportunamente la documentación requerida, el Rector podrá proceder al nombramiento
del siguiente concursante en el orden de valoración formulado. Los nombramientos
serán comunicados al correspondiente Registro a efectos de otorgamiento del número
de Registro de Personal e inscripción en los Cuerpos respectivos, publicados en el
«Boletín Oficial del Estado» y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y
comunicados al Consejo de Universidades.
En el plazo máximo de veinte días, a contar desde el día siguiente al de la
publicación del nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado», el candidato propuesto
deberá tomar posesión de su plaza, momento en el que adquirirá la condición de
funcionario de carrera del cuerpo docente de que se trate –si no se ostentase ya dicha
condición– con los derechos y deberes que le son propios.
13.
Norma final
Durante el desarrollo de los concursos, las Comisiones de Selección resolverán las
dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como la actuación que
proceda en los casos no previstos en ellas. En todo momento, su actuación se ajustará a
lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer
recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses contado desde el día
siguiente a su publicación, ante la jurisdicción contencioso-administrativa.
Potestativamente, podrá interponerse recurso de reposición ante el Rectorado de la
cve: BOE-A-2023-25937
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 304
Jueves 21 de diciembre de 2023
10.
Sec. II.B. Pág. 168977
Comisión de reclamación
Las reclamaciones serán valoradas por la Comisión de Reclamaciones prevista en
los artículos 109 de los Estatutos de la Universidad de Jaén y 66.2 de la LOU.
11. Documentación a presentar por los candidatos propuestos
Los candidatos propuestos para la provisión de las plazas deberán presentar en el
plazo de veinte días hábiles siguientes al de conclusión de la actuación de la Comisión
en el Registro General de la Universidad de Jaén, los siguientes documentos:
a) Documentación acreditativa de cumplir los requisitos a los que alude el
apartado 2.2. de las bases de esta convocatoria.
b) Copia del documento nacional de identidad o documento acreditativo de la
nacionalidad certificado por la autoridad competente del país de origen.
c) Certificación médica oficial de no padecer enfermedad ni defecto físico o
psíquico que impida el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor de
Universidad.
d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente
disciplinario del Servicio de ninguna Administración Pública ni hallarse inhabilitado para
el ejercicio de funciones públicas.
e) En el caso de los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán
presentar declaración jurada o promesa de no estar sometidos a sanción disciplinaria o
condena penal que impida en su estado el acceso a la Función Pública, debidamente
certificado por la autoridad competente del Estado de procedencia.
f) Declaración de no estar afectado de incompatibilidad en el caso de venir
desempeñando alguna actividad pública o percibiendo alguna pensión.
12.
Nombramientos
Los nombramientos propuestos por la Comisión de Selección serán efectuados por el
Rector de la Universidad de Jaén. En caso de que el candidato propuesto no presentase
oportunamente la documentación requerida, el Rector podrá proceder al nombramiento
del siguiente concursante en el orden de valoración formulado. Los nombramientos
serán comunicados al correspondiente Registro a efectos de otorgamiento del número
de Registro de Personal e inscripción en los Cuerpos respectivos, publicados en el
«Boletín Oficial del Estado» y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y
comunicados al Consejo de Universidades.
En el plazo máximo de veinte días, a contar desde el día siguiente al de la
publicación del nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado», el candidato propuesto
deberá tomar posesión de su plaza, momento en el que adquirirá la condición de
funcionario de carrera del cuerpo docente de que se trate –si no se ostentase ya dicha
condición– con los derechos y deberes que le son propios.
13.
Norma final
Durante el desarrollo de los concursos, las Comisiones de Selección resolverán las
dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como la actuación que
proceda en los casos no previstos en ellas. En todo momento, su actuación se ajustará a
lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer
recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses contado desde el día
siguiente a su publicación, ante la jurisdicción contencioso-administrativa.
Potestativamente, podrá interponerse recurso de reposición ante el Rectorado de la
cve: BOE-A-2023-25937
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Núm. 304