II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE SANIDAD. Cuerpo de Farmacéuticos Titulares. (BOE-A-2023-25916)
Resolución de 13 de diciembre de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Farmacéuticos Titulares.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 304
Jueves 21 de diciembre de 2023
Sec. II.B. Pág. 168848
c) Aquellas personas aspirantes que tengan la condición de personal funcionario
español en organismos internacionales presentarán los certificados y documentos
previstos en la base decimotercera de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio.
9.
Embarazo de riesgo o parto
Si a causa de una situación debidamente acreditada de embarazo de riesgo o parto
alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo, su situación quedará
condicionada a la finalización del proceso y a la superación de las fases que hayan
quedado aplazadas. La realización de estas pruebas no podrá conllevar una demora que
menoscabe el derecho del resto de las demás personas aspirantes a una resolución del
proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el tribunal
calificador. En todo caso, la realización de las citadas pruebas o curso selectivo tendrá
lugar antes de la publicación de la lista de personas que han superado el proceso
selectivo.
10.
Relaciones con el ciudadano
A lo largo del proceso selectivo, conforme a lo establecido en el artículo 45 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, toda información relacionada con los diferentes aspectos del
desarrollo del proceso selectivo se publicará en las páginas web del Punto de Acceso
General (https://administracion.gob.es) y del Ministerio de Sanidad (https://
www.sanidad.gob.es).
En todo caso, sólo tendrán efectos jurídicos las comunicaciones remitidas por los
medios de notificación y publicidad previstos en estas bases.
11.
Selección de personal funcionario interino
11.1 Con objeto de reducir los plazos de incorporación de personal funcionario
interino y hacer efectiva la aplicación de los principios de mérito y capacidad en la
selección de ese personal, a la finalización del mismo, el tribunal calificador de este
proceso selectivo elaborará una relación de posibles personas candidatas para el
nombramiento como personal funcionario interino, con la duración, características y
funcionamiento que establezca el órgano convocante, y previo informe favorable de la
Dirección General de la Función Pública, de conformidad con lo establecido en el
artículo 3.20 del Real Decreto 625/2023, de 11 de julio, y el apartado vigésimo de la
Orden HFP/ 688/2017, de 20 de julio.
11.2 Para poder formar parte de la relación, deberán poseer todos los requisitos
que se exijan en la correspondiente convocatoria.
11.3 La validez de la relación será de 24 meses desde su publicación, salvo que
antes de su caducidad se publiquen unas nuevas que las sustituyan.
Norma final
A estas pruebas selectivas les será de aplicación el texto refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la
Función Pública, en lo que no se oponga a la anterior norma, el Reglamento General de
Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión
de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la
Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de
marzo, el resto de la normativa vigente en la materia y lo dispuesto en la presente
convocatoria.
cve: BOE-A-2023-25916
Verificable en https://www.boe.es
12.
Núm. 304
Jueves 21 de diciembre de 2023
Sec. II.B. Pág. 168848
c) Aquellas personas aspirantes que tengan la condición de personal funcionario
español en organismos internacionales presentarán los certificados y documentos
previstos en la base decimotercera de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio.
9.
Embarazo de riesgo o parto
Si a causa de una situación debidamente acreditada de embarazo de riesgo o parto
alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo, su situación quedará
condicionada a la finalización del proceso y a la superación de las fases que hayan
quedado aplazadas. La realización de estas pruebas no podrá conllevar una demora que
menoscabe el derecho del resto de las demás personas aspirantes a una resolución del
proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el tribunal
calificador. En todo caso, la realización de las citadas pruebas o curso selectivo tendrá
lugar antes de la publicación de la lista de personas que han superado el proceso
selectivo.
10.
Relaciones con el ciudadano
A lo largo del proceso selectivo, conforme a lo establecido en el artículo 45 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, toda información relacionada con los diferentes aspectos del
desarrollo del proceso selectivo se publicará en las páginas web del Punto de Acceso
General (https://administracion.gob.es) y del Ministerio de Sanidad (https://
www.sanidad.gob.es).
En todo caso, sólo tendrán efectos jurídicos las comunicaciones remitidas por los
medios de notificación y publicidad previstos en estas bases.
11.
Selección de personal funcionario interino
11.1 Con objeto de reducir los plazos de incorporación de personal funcionario
interino y hacer efectiva la aplicación de los principios de mérito y capacidad en la
selección de ese personal, a la finalización del mismo, el tribunal calificador de este
proceso selectivo elaborará una relación de posibles personas candidatas para el
nombramiento como personal funcionario interino, con la duración, características y
funcionamiento que establezca el órgano convocante, y previo informe favorable de la
Dirección General de la Función Pública, de conformidad con lo establecido en el
artículo 3.20 del Real Decreto 625/2023, de 11 de julio, y el apartado vigésimo de la
Orden HFP/ 688/2017, de 20 de julio.
11.2 Para poder formar parte de la relación, deberán poseer todos los requisitos
que se exijan en la correspondiente convocatoria.
11.3 La validez de la relación será de 24 meses desde su publicación, salvo que
antes de su caducidad se publiquen unas nuevas que las sustituyan.
Norma final
A estas pruebas selectivas les será de aplicación el texto refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la
Función Pública, en lo que no se oponga a la anterior norma, el Reglamento General de
Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión
de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la
Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de
marzo, el resto de la normativa vigente en la materia y lo dispuesto en la presente
convocatoria.
cve: BOE-A-2023-25916
Verificable en https://www.boe.es
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