II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE SANIDAD. Cuerpo de Farmacéuticos Titulares. (BOE-A-2023-25916)
Resolución de 13 de diciembre de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Farmacéuticos Titulares.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 304

Jueves 21 de diciembre de 2023

Sec. II.B. Pág. 168846

– La subsanación, en su caso, de la solicitud durante el plazo otorgado a estos
efectos, permitiendo completar o modificar los datos subsanables que fueran erróneos,
y/o anexar a través de IPS la documentación que se quiera para legitimar la
subsanación.
Para confirmar que la inscripción ha sido correctamente registrada, las personas
aspirantes deberán descargar el justificante de registro de su solicitud de admisión. En el
caso de que se produzca alguna incidencia técnica durante el proceso de inscripción
deberán dirigirse al teléfono 060 o rellenar el formulario de consultas/incidencias de IPS,
disponible en la siguiente dirección: https://centrodeservicios.redsara.es/ayuda/consulta/IPS.
– El pago electrónico de la tasa de derechos de examen se realizará en los términos
previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo («Boletín Oficial del Estado» de 2
de abril), por la que se establecen los supuestos y las condiciones generales para el
pago por vía electrónica de las tasas que constituyen recursos de la Administración
General del Estado y sus organismos públicos. La constancia de pago correcto de las
tasas estará avalada por el número de referencia completo (NRC) emitido por la Agencia
Estatal de Administración Tributaria que figurará en el justificante de registro.
– Cumplimentados todos los datos solicitados, pulsará el botón de «Firma y enviar
inscripción». El proceso de inscripción finalizará correctamente si se muestran el
justificante de registro de la inscripción y, en su caso, del pago en la pestaña «Mis
inscripciones».
– Cuando se haya producido una incidencia técnica debidamente acreditada que
haya imposibilitado el funcionamiento ordinario de los sistemas y, en este caso, el órgano
de selección haya acordado la cumplimentación y presentación sustitutoria en papel, las
personas aspirantes que curse su solicitud en el extranjero podrán presentarlas en las
representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. Estas
solicitudes cursadas en el extranjero acompañarán el comprobante bancario de haber
ingresado los derechos de examen. El ingreso podrá efectuarse directamente en
cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria o, cuando se disponga de una
cuenta bancaria abierta en una entidad extranjera, a la cuenta corriente código IBAN
ES06-0182-2370-4902-0020-3962 (código BIC BBVAESMM) del Banco Bilbao Vizcaya
Argentaria a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Hacienda y Función Pública.
Derechos de examen». Este sistema de pago sólo será válido para las solicitudes que
sean cursadas en el extranjero y desde cuentas bancarias abiertas en entidades
extranjeras, no siendo admitida esta modalidad de pago en ningún otro caso.
– En el caso de exención del pago de la tasa o reducción de esta, si no se ha
otorgado la conformidad al órgano gestor para la verificación de datos en la plataforma
de intermediación deberá anexarse escaneada la documentación justificativa relacionada
en la base específica 8.8.1.
Durante el plazo de subsanación de solicitudes, cuando la causa de exclusión
estuviera relacionada con la exención de pago de la tasa conforme con lo indicado en la
base específica 8.8.1, se deberá anexar necesariamente a través de IPS la
documentación requerida que legitime la subsanación de la misma.
Exención del pago de tasas.

Estarán exentas del pago de la tasa por derechos de examen:
a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento. La
condición de discapacidad se verificará por el órgano gestor mediante consulta a la
Plataforma de Intermediación de Datos de las Comunidades Autónomas que figuran en
la dirección https://administracion.gob.es/PAG/PID.
Si la persona interesada se ha opuesto en la solicitud al tratamiento de los datos para
su verificación por la Administración de los datos expresados en la solicitud alegando

cve: BOE-A-2023-25916
Verificable en https://www.boe.es

8.8.1