II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-25933)
Resolución de 12 de diciembre de 2023, conjunta de la Universidad Complutense de Madrid y la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, por la que se convoca concurso de acceso a plaza vinculada de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 304

Jueves 21 de diciembre de 2023

Sec. II.B. Pág. 168907

2. Criterio general: Actividad investigadora
La puntuación máxima que se puede obtener en este criterio estará comprendida
entre veinticinco y treinta y cinco puntos.
Se tendrán en cuenta los siguientes méritos:
– Publicaciones científicas, creaciones artísticas profesionales, etc. atendiendo a su
relevancia y calidad en el ámbito de conocimiento y, en su caso, al perfil de la plaza
objeto de concurso.
– Ponencias y comunicaciones a congresos.
– Dirección y participación en proyectos competitivos de investigación.
– Dirección y participación en otros proyectos y contratos de investigación.
– Dirección de tesis doctorales y de otros trabajos de investigación.
– Patentes y productos con registro de propiedad intelectual, transferencia de
conocimiento al sector productivo, creación de EBT, etc.
– Estancias en centros de investigación de más de un mes.
– Colaboraciones internacionales.
– Otros méritos relacionados con la actividad investigadora. (La puntuación máxima
de este apartado no podrá superar el 10 % de la asignada al criterio general).
3.

Criterio general: Actividad asistencial

La puntuación máxima que se puede obtener en este criterio estará comprendida
entre treinta y cinco y cuarenta puntos, no pudiendo ser inferior a la establecida en los
criterios 1 y 2.
Se tendrán en cuenta los siguientes méritos:
– Puestos asistenciales desempeñados:
dedicación, antigüedad.
– Actividad asistencial desempeñada.

categoría,

organismo,

régimen

de

4. Criterio general: Experiencia en gestión y administración educativa, hospitalaria,
científica y tecnológica; actividad profesional

– Desempeño de cargos de responsabilidad en gestión universitaria pública
recogidos en los estatutos de las universidades, o que hayan sido asimilados, u
organismos públicos de investigación durante al menos un año así como cargos de
responsabilidad en gestión asistencial en hospitales públicos durante al menos un año.
– Desempeño de puestos en el entorno educativo, hospitalario, científico o
tecnológico dentro de las Administraciones públicas durante al menos un año.
– Participación en las comisiones clínicas hospitalarias.
– Experiencia profesional fuera del ámbito universitario.
– Otros méritos relacionados con la experiencia en gestión y administración
educativa, hospitalaria, científica y tecnológica. (La puntuación máxima de este apartado
no podrá superar el 10 % de la asignada al criterio general.)
La suma de las puntuaciones máximas de los criterios generales debe ser 100.
Un mismo mérito sólo podrá ser evaluado en un único apartado.

cve: BOE-A-2023-25933
Verificable en https://www.boe.es

La puntuación máxima que se puede obtener en este criterio estará comprendida
entre cinco y diez puntos.
Se tendrán en cuenta los siguientes méritos: