I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas e Impuesto sobre el Valor Añadido. (BOE-A-2023-25882)
Orden HFP/1359/2023, de 19 de diciembre, por la que se desarrollan para el año 2024 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto Sobre el Valor Añadido.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 304

Jueves 21 de diciembre de 2023

Sec. I. Pág. 168573

Actividad: Ganadera de explotación intensiva de ganado porcino de cría, bovino de cría y otras intensivas o extensivas no comprendidas
expresamente en otros apartados.
Índice de cuota devengada por operaciones corrientes: 0,10.
Actividad: Ganadera de explotación intensiva de ganado ovino y caprino de carne.
Índice de cuota devengada por operaciones corrientes: 0,10.
Actividad: Servicios de cría, guarda y engorde de aves.
Índice de cuota devengada por operaciones corrientes: 0,09375.
Actividad: Otros trabajos y servicios accesorios realizados por agricultores, ganaderos o titulares de actividades forestales que estén excluidos del
régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca del Impuesto sobre el Valor Añadido, y servicios de cría, guarda y engorde de ganado,
excepto aves.
Índice de cuota devengada por operaciones corrientes: 0,10.
Actividad: Actividades accesorias realizadas por agricultores, ganaderos o titulares de actividades forestales no incluidas en el régimen especial de
la agricultura, ganadería y pesca del Impuesto sobre el Valor Añadido.
Índice de cuota devengada por operaciones corrientes: 0,21.
Nota: A título indicativo en las actividades accesorias se incluyen: Agroturismo, artesanía, caza, pesca y, actividades recreativas y de ocio, en las
que el agricultor, ganadero o titular de actividades forestales participe como monitor, guía o experto, tales como excursionismo, senderismo, rutas
ecológicas, etc.
Actividad: Aprovechamientos que correspondan al cedente en las actividades agrícolas, desarrolladas en régimen de aparcería, dedicadas a la
obtención de productos agrícolas no comprendidas en los apartados siguientes.
Índice de cuota devengada por operaciones corrientes: 0,04.
Actividad: Aprovechamientos que correspondan al cedente en las actividades agrícolas, desarrolladas en régimen de aparcería, dedicadas a la
obtención de forrajes.
Índice de cuota devengada por operaciones corrientes: 0,07625.
Actividad: Aprovechamientos que correspondan al cedente en las actividades agrícolas, desarrolladas en régimen de aparcería, dedicadas a la
obtención de plantas textiles y tabaco.
Índice de cuota devengada por operaciones corrientes: 0,21.
Actividad: Aprovechamientos que correspondan al cedente en las actividades forestales, desarrolladas en régimen de aparcería.

Actividad: Procesos de transformación, elaboración o manufactura de productos naturales para la obtención de queso.
Índice de cuota devengada por operaciones corrientes: 0,070.
Actividad: Procesos de transformación, elaboración o manufactura de productos naturales para la obtención de vino de mesa.
Índice de cuota devengada por operaciones corrientes: 0,2675.

cve: BOE-A-2023-25882
Verificable en https://www.boe.es

Índice de cuota devengada por operaciones corrientes: 0,21.