II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS. Destinos. (BOE-A-2023-25808)
Resolución de 27 de noviembre de 2023, de la Consejería de Hacienda y Fondos Europeos, por la que se otorga destino al personal funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno promoción interna, que superó el proceso selectivo convocado por Orden JUS/242/2022, de 24 de marzo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 303

Miércoles 20 de diciembre de 2023

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
25808

Resolución de 27 de noviembre de 2023, de la Consejería de Hacienda y
Fondos Europeos, por la que se otorga destino al personal funcionario del
Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de
Justicia, turno promoción interna, que superó el proceso selectivo convocado
por Orden JUS/242/2022, de 24 de marzo.

De conformidad con lo establecido en los artículos 28 y 29 del Real
Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso,
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal funcionario al
servicio de la Administración de Justicia, ha resuelto adjudicar destinos en los órganos
judiciales y fiscales que se relacionan en anexo I al personal funcionario del Cuerpo de
Tramitación Procesal y Administrativa (turno promoción interna), nombrados
funcionarios/as de carrera del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa por
Orden de 27 de noviembre de 2023, teniendo en cuenta lo siguiente:
Primero.
Al personal funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, al que
se le otorga destino, deberá tomar posesión de su cargo en la Viceconsejería de Justicia
del Principado de Asturias, dentro del plazo de veinte días hábiles contados desde el
siguiente al de la publicación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado», de
acuerdo con lo establecido en el artículo 29 del citado Real Decreto, y en el artículo 30
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Segundo.
Al personal funcionario destinado en virtud de esta Orden y que opte por continuar en
activo en el Cuerpo de Auxilio Judicial, no será necesario que se desplace a tomar
posesión al puesto de trabajo adjudicado, bastando con que dentro del plazo de toma de
posesión señalado en el apartado primero, comunique, en su caso, a la Viceconsejería
de Justicia del Principado de Asturias, dicha opción, a los efectos de declaración de
excedencia voluntaria prevista en el artículo 506.d) de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de
julio del Poder Judicial. Copia de la Resolución por la que se le declara en situación de
excedencia voluntaria será remitida al Registro Central de Personal de la Subdirección
General de Medios Personales de la Administración de Justicia.

En caso de que el personal funcionario optare por ingresar en el Cuerpo de
Tramitación Procesal y Administrativa y quisiera evitar un vacío en la continuidad de sus
servicios en la Administración de Justicia, dada la necesidad de contar con el tiempo
indispensable para efectuar la toma de posesión, podrá solicitar de la Gerencia Territorial
correspondiente a su destino como funcionario/a del Cuerpo de Auxilio Judicial u órgano
competente de la Comunidad Autónoma, un permiso retribuido de un día si no hay
cambio de localidad, o de dos en caso contrario, salvo aquellos que hayan de
desplazarse desde Canarias, Baleares, Ceuta o Melilla, en cuyo caso el permiso podrá
ser de hasta tres días para posesionarse de su nuevo cargo. Estos días se consideran

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Tercero.