III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Operaciones de tesorería. (BOE-A-2023-25876)
Resolución de 15 de diciembre de 2023, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se establecen las condiciones generales aplicables a las convocatorias para la celebración de operaciones de adquisición temporal de activos y depósitos a plazo.
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Núm. 303

Miércoles 20 de diciembre de 2023

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pudiera surgir en el cumplimiento de las obligaciones que surjan en la relación jurídica
que se establezca entre la entidad prestataria y el Tesoro Público.
V. Que la entidad confirma que conoce y acepta expresamente los procedimientos,
términos y condiciones aplicables a las operaciones de adquisición temporal de activos y
de depósitos a plazo de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, tal y como
vienen definidos en la Resolución y en los Procedimientos, así como los establecidos en
esta declaración, los cuales delimitan, imponen y constituyen obligaciones válidas y
exigibles, cuyo contenido será plenamente, y a todos los efectos, de aplicación a la
entidad.
VI. Que la entidad confirma que la realización por su parte de una oferta, a través
de las vías habilitadas al efecto por Banco de España para la recepción, para cada
concreto procedimiento de recepción de fondos que sea convocado, constituirá evidencia
inequívoca del conocimiento de los términos y condiciones complementarios previstos en
dicho procedimiento.
A tal efecto, la realización de una oferta por la entidad, a través de las vías
habilitadas por el Banco de España para su recepción, supone que dicha oferta ha sido
realizada por personas facultadas para obligarse en nombre de la entidad.
VII. Que la entidad prestataria ha proporcionado al Banco de España sus
instrucciones estándar de liquidación para proceder a ejecutar las operaciones de
adquisición temporal de activos o la constitución de depósitos a plazo.
VIII. Que de conformidad con la Resolución y los Procedimientos la entidad
prestataria autoriza expresamente al Banco de España a adeudar en su cuenta dedicada
de efectivo RTGS-TARGET los importes correspondientes a la devolución a su
vencimiento de los fondos recibidos en la modalidad de depósitos a plazo, así como de
los intereses generados por estas operaciones.
A tal efecto suscribe el pertinente FORMULARIO de autorización (TARGET services
registration form Direct debet mandate) que se adjunta como anexo a esta Declaración.
IX. Que, en caso de incumplimiento o cumplimiento defectuoso por parte de la
entidad de sus obligaciones en relación con la devolución de fondos y, en particular, el
incumplimiento o cumplimiento defectuoso de las obligaciones establecidas en los
Procedimientos, resultará de aplicación en todo caso, la Ley española, con
independencia de la nacionalidad que ostente la entidad.
A tal efecto, para cuantas cuestiones o acciones puedan suscitarse en relación con
dichos eventos, serán competentes los Juzgados o Tribunales de la ciudad de Madrid,
renunciando la entidad prestamista a cualquier otro fuero que pudiere corresponderle.
X. Que la entidad se compromete a mantener la confidencialidad de las
operaciones y de sus términos.

cve: BOE-A-2023-25876
Verificable en https://www.boe.es

En consecuencia, con cuanto se ha expuesto, la entidad solicita formalmente al
Banco de España que se la tenga por entidad de contrapartida en las operaciones de
adquisición temporal de activos y de depósitos a plazo para las operaciones que, al
amparo de la Resolución, pueda convocar la Dirección General del Tesoro y Política
Financiera.
Las declaraciones que aquí se realizan resultarán de aplicación desde la presente
fecha.

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X