II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DEL INTERIOR. Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias. (BOE-A-2023-25823)
Resolución de 14 de diciembre de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 20 de diciembre de 2023

Sec. II.B. Pág. 168329

Una vez concluido el ejercicio o llegada la hora de su finalización, cada aspirante lo
firmará e introducirá en un sobre que será cerrado y firmado por la persona aspirante y
por un miembro del Tribunal. El ejercicio será leído, previa acreditación de la persona del
aspirante, en la sede que se determine y en el día y hora que se les indique con
antelación suficiente, pudiendo ser por medio de videoconferencia, en la fecha que se
señale ante el Tribunal, y pudiendo éste debatir con la persona aspirante el contenido del
ejercicio.
En el caso de realizarse la lectura del ejercicio por videoconferencia, se procederá a
la identificación del aspirante por parte de un miembro del Tribunal que actuará en su
nombre. La lectura del ejercicio se realizará en una sala de videoconferencia
acondicionada con los medios técnicos necesarios de forma que permita la conexión en
tiempo real entre la persona aspirante y el Tribunal. En la sala de videoconferencia el
representante del Tribunal verificará que no se disponga de material o instrumentos de
ayuda o consulta. Además, la persona aspirante deberá desconectar antes de la entrada
a la sala de videoconferencia, el teléfono móvil o cualquier dispositivo que permita la
grabación, reproducción, transmisión o recepción de datos, imágenes o sonidos.
Este ejercicio se calificará con una puntuación máxima de 20 puntos, siendo
necesario obtener un mínimo de 10 puntos para superarlo.
La calificación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma total de
las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.
Finalizada la fase de oposición, en caso de empate, el orden se establecerá
atendiendo a los siguientes criterios:
1.º Mayor puntuación obtenida en el tercer ejercicio.
2.º Mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio.
3.º Mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio.
Si aplicados estos tres criterios continuara el empate, se atenderá al orden alfabético
de actuación mencionado en la base específica 8.1.
Se adoptarán las medidas precisas para que las personas aspirantes con
discapacidad gocen de similares condiciones que el resto de personas aspirantes en la
realización de los ejercicios. En este sentido, para las personas con discapacidad que
así lo hagan constar en su solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en
tiempos y medios para su realización.
B)

Periodo de prácticas

El período de prácticas tendrá una duración total inferior a doce meses y se regulará
por Resolución del Secretario General de Instituciones Penitenciarias en la que se fijará
el órgano encargado de efectuar la evaluación, duración de las fases, programa, en el
que se incluirá un módulo en materia de igualdad entre mujeres y hombres, y otro en
materia de violencia de género, materias objeto de evaluación y determinación de los
Centros Penitenciarios o Unidades de los Servicios Centrales de la Secretaría General
de Instituciones Penitenciarias en que se desarrollarán las prácticas.
El periodo de prácticas constará de las dos siguientes fases:
1.ª Fase: Formativa. Consistirá en un curso formativo, que se podrá impartir, en una
o en varias sedes y de manera presencial, por videoconferencia o de forma mixta. Las
decisiones que se adopten serán comunicadas a las personas aspirantes seleccionadas
con la antelación suficiente. Esta fase formativa versará sobre las materias propias de la
función asignada a los funcionarios y las funcionarias del Cuerpo Especial de
Instituciones Penitenciarias.
Esta fase será calificada con «Apto/Apta» o «No Apto/Apta», siendo necesario
obtener la calificación de «Apto/Apta», para poder acceder a la segunda fase del período
de prácticas.

cve: BOE-A-2023-25823
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Núm. 303