II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-25861)
Resolución de 12 de diciembre de 2023, de la Universidad de las Illes Balears, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 303

Miércoles 20 de diciembre de 2023

Sec. II.B. Pág. 168430

1.3 En aplicación del apartado 1.b) artículo 45 («Publicación») de la LPACAP, las
publicaciones de listas provisionales y definitivas de admitidos y excluidos y propuestas
de nombramientos, de este procedimiento selectivo de concurrencia competitiva se
llevarán a cabo a través de la sede electrónica de la Universidad de las Illes Balears en
la siguiente dirección https://seu.uib.cat/es/Informacio/Convocatories/.
2.
2.1

Requisitos de los candidatos

Requisitos generales:

Para ser admitido en las presentes pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir
los siguientes requisitos generales de acceso a la función Pública (artículos 56 –«Requisitos
generales»– y 57 –«Acceso al empleo público de nacionales de otros Estados»– del
texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre) y, en particular:
a) Tener la nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión
europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre
circulación de trabajadores en los términos establecidos en el apartado 1 del artículo 57
del Estatuto del Empleado Público.
También podrán participar cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los
españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre
que no estén separados de derecho y sus descendientes y los de su cónyuge siempre
que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha
edad dependientes.
b) Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no haber alcanzado la edad
máxima de jubilación forzosa.
c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas correspondientes
a Profesor de Universidad.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera
de las Administraciones públicas o de los Órganos Constitucionales o Estatutarios de las
comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el empleo
o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al Cuerpo o Escala de
funcionarios, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso
de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser
nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido
sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos
términos el acceso al empleo público.
Requisitos específicos:

a) Estar acreditado para el cuerpo docente de Catedráticos de Universidad de
acuerdo con el que prevé el Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre, por el que se
establece la acreditación nacional para el acceso a los cuerpos docentes universitarios,
o estar habilitado conforme a lo establecido en el Real Decreto 774/2002, por el que se
regula el sistema de habilitación nacional para el acceso a cuerpos de Funcionarios
de los cuerpos decentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso.
b) Pertenecer al cuerpo de Profesores Titulares de Universidad o a la Escala
de investigadores científicos de los Organismos Públicos de Investigación, y haber
prestado, como mínimo dos años de servicios efectivos bajo dicha condición.
2.3 Los requisitos establecidos en las presentes bases deberán cumplirse dentro
del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de
posesión.

cve: BOE-A-2023-25861
Verificable en https://www.boe.es

2.2