V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. (BOE-B-2023-38237)
Anuncio de la Delegación de Economía y Hacienda de Alicante del Acuerdo de incoación de Expediente Abintestato de Dª. Rosa Primitiva Ruzafa Mira.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 303

Miércoles 20 de diciembre de 2023

Sec. V-B. Pág. 62023

noviembre del presente año, la causante tiene deudas por el impuesto de bienes
inmuebles que ascienden a 13.601,33 € (TRECE MIL SEISCIENTOS UNO CON
TREINTA Y TRES EUROS) y la deuda por la tasa de recogida de residuos sólidos
urbanos es de 590 € (QUINIENTOS NOVENTA EUROS).
3. De las actuaciones previas resulta que la difunta falleció en 1979 dejando
dos hijos a los que instituyó herederos a partes iguales. La hija falleció en 1995 sin
que conste previa renuncia al testamento de su madre; sin embargo, murió soltera
y sin descendencia por lo que no pudo transmitir derecho alguno más que a su
hermano.
El hijo por su parte, falleció en 2008; en este caso si consta la previa renuncia
tanto a la herencia de su madre como de su hermana. El hijo de la Sra. Ruzafa
contrajo matrimonio y tuvo una hija (nieta de la difunta). Ésta última, en su
condición de heredera, también renunció a la herencia de su abuela, por lo que
procede iniciar el procedimiento administrativo dirigido a efectuar la declaración de
la Administración General del Estado como heredera abintestato.
La Dirección General del Patrimonio del Estado procedió a declarar la
caducidad del procedimiento de declaración de herencia abintestato, con número
CIBI 200900300118, a favor de la Administración General del Estado causada por
Dª Rosa Primitiva Ruzafa Mira en aplicación del artículo 20 bis.6 LPAP, por
haberse agotado el plazo de un año para la resolución del procedimiento.
El presente Acuerdo de incoación inicia un nuevo procedimiento de abintestato
en el que no será necesario repetir todos los trámites y actuaciones ya realizados
en el anterior procedimiento caducado, sino que se incorporarán al mismo si su
contenido no varía por haberse producido la caducidad; y ello como aplicación
analógica de lo que, para supuestos de nulidad o anulabilidad, prevé el artículo 51
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.
En consecuencia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20 bis, apartado 1
de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones
Públicas,
ACUERDO,
1. Incoar nuevo procedimiento para la declaración de la Administración General
del Estado como heredera abintestato de Dª Rosa Primitiva Ruzafa Mira.

3. Abrir el plazo para presentar alegaciones o cualquier información en relación
con los bienes del causante, o la eventual existencia de herederos testamentarios
o legítimos. Cualquier persona podrá presentar estas alegaciones o aportar
documentos u otros elementos de juicio en cualquier momento anterior a la
resolución del procedimiento.
4. Remitir el presente acuerdo al órgano judicial competente de conformidad
con lo previsto en el artículo 791.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

cve: BOE-B-2023-38237
Verificable en https://www.boe.es

2. Publicar este acuerdo en el "Boletín Oficial del Estado", en la página web del
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas y, durante el plazo de un mes,
en los tablones de anuncios del Ayuntamiento de Hondón de las Nieves
correspondiente al último domicilio del causante, al del lugar del fallecimiento y, en
su caso, donde radique la mayor parte de sus bienes.