II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-25708)
Resolución de 7 de diciembre de 2023, de la Universidad de Vigo, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 302

Martes 19 de diciembre de 2023

Sec. II.B. Pág. 167414

por desempleo, aspectos que deberán ser certificados por la oficina de los servicios
públicos de empleo.
De conformidad con lo dispuesto en la Ley 8/1989, de 13 de abril, de tasas y precios
públicos, procederá la devolución de las tasas de participación cuando no se realice el
hecho imponible por causas no imputables al sujeto pasivo, debiendo la persona
interesada solicitar la devolución y aportar los datos necesarios para la transferencia
bancaria correspondiente. Por tanto, no procederá la devolución en los supuestos de
exclusión definitiva por causa imputable a la persona interesada.
3.6 Los errores de hecho que se pudiesen advertir se podrán enmendar en
cualquier momento, de oficio o a petición de la persona interesada. Quien sea aspirante
queda vinculado a los datos que hiciese constar en su solicitud, pudiendo únicamente
demandar su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido en la
base 3.1 para la presentación de solicitudes. Transcurrido este plazo no se admitirá
ninguna petición de esta naturaleza, excepto causa excepcional sobrevenida, justificada
y discrecionalmente apreciada por la Universidad.
3.7 La publicación de los actos que integran este procedimiento en el tablón de
anuncios de la sede electrónica servirá de notificación para todos los efectos, de acuerdo
con lo previsto en el artículo 45.1 de la LPACAP.
Con independencia de los lugares en los que reglamentariamente deban publicarse,
tanto la convocatoria como los actos y acuerdos que integran este proceso selectivo se
publicarán a título divulgativo en la página electrónica de la Universidad de Vigo https://
secretaria.uvigo.gal/uv/web/convocatoria/public/index.
Cuarta.

Admisión de aspirantes.

4.1 En el plazo máximo de 15 días hábiles desde la finalización del plazo de
presentación de solicitudes el Rector de la Universidad de Vigo dictará resolución
aprobando la relación provisional de personas admitidas y excluidas, con indicación de
las causas de exclusión.
4.2 Contra dicha resolución las personas interesadas podrán presentar reclamación
ante el Rector, en el plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de su
publicación. Posteriormente se dictará una resolución Rectoral aprobando la relación
definitiva de personas admitidas y excluidas. Las reclamaciones se entenderán resueltas
con la publicación de la lista definitiva.
Comisiones de acceso.

5.1 Las comisiones de acceso deberán procurar una composición equilibrada entre
mujeres y hombres, salvo cuando no sea posible por razones fundadas y objetivas,
debidamente motivadas. De acuerdo con lo que establece el artículo 75.4 de los
Estatutos de la Universidad de Vigo, la composición de las comisiones es la que figura
en el anexo II de esta convocatoria y tendrá la categoría primera de las recogidas en el
artículo 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón
del servicio.
La Universidad hará públicos con la publicación de la convocatoria los curriculum
vitae de los miembros de las comisiones de acceso en la dirección de internet https://
secretaria.uvigo.gal/uv/web/convocatoria/public/index.
El nombramiento como miembro de una comisión es irrenunciable, salvo cuando
concurra causa justificada, debidamente alegada por la persona interesada y así
apreciada por este Rectorado. Los miembros de la comisión deberán abstenerse de
actuar y podrán ser recusados en los casos y por los motivos previstos en el artículo 23
de la LRJSP. Resuelta la renuncia, la abstención o la recusación, las personas afectadas
serán sustituidas por sus respectivos suplentes y, en su defecto, por orden correlativo y
en último caso resolverá el Rector.

cve: BOE-A-2023-25708
Verificable en https://www.boe.es

Quinta.