II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-25705)
Resolución de 5 de diciembre de 2023, de la Universidad Pablo de Olavide, por la que se convoca concurso para la provisión de plaza de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 19 de diciembre de 2023

Sec. II.B. Pág. 167375

Respecto a los informes solicitados por las personas concursantes, la Comisión los
valorará únicamente en el caso de que consten en su poder antes del comienzo de la
prueba.
En cualquier caso, los informes no tendrán carácter vinculante y se adjuntarán al acta
del concurso.
7.

Desarrollo de la prueba

7.1 La prueba de estos concursos será pública y consistirá en la exposición oral por
la persona concursante, en un tiempo máximo de noventa minutos, de los méritos
alegados en su curriculum vitae y en la defensa de su proyecto docente e investigador.
Seguidamente, la Comisión debatirá con la persona concursante sobre todos aquellos
aspectos que estime relevantes, en relación con lo aportado o expuesto.
7.2 Finalizada la prueba, la Comisión deliberará y cada uno de sus miembros
emitirá un voto con informe razonado sobre la valoración cuantificada que le merece
cada uno de las personas concursantes, ajustándose a los criterios aprobados por la
Comisión. En caso de unanimidad, dichos informes podrán sustituirse por un informe
único y razonado de la Comisión.
Los resultados de evaluación de cada candidata/o, desglosada por cada uno de los
aspectos evaluados, serán publicados en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad
Pablo de Olavide, de Sevilla.
8.

Propuesta de la Comisión

8.1 Las Comisiones que juzguen los concursos de acceso propondrán al Rector,
motivadamente y con carácter vinculante, una relación de todas las personas candidatas.
Esta propuesta explicitará el voto de cada uno de sus miembros y relacionará a las
personas candidatas por orden de preferencia.
8.2 Para realizar su propuesta, la Comisión deberá atenerse a los presupuestos
contemplados en el artículo 11.2 del Reglamento para los Concursos de Acceso entre
acreditados a cuerpos de Funcionarios/as Docentes Universitarios de la Universidad
Pablo de Olavide, de Sevilla.
8.3 Contra las propuestas de las Comisiones de los concursos de acceso, las
personas candidatas podrán presentar reclamación ante el Rector, en el plazo máximo
de diez días. Admitida a trámite la reclamación, se suspenderán los nombramientos
hasta su resolución definitiva.
8.4 La reclamación será valorada por la Comisión de Reclamaciones de la
Universidad, conforme a lo contemplado en el artículo 13 del Reglamento para los
Concursos de Acceso entre personas acreditadas a cuerpos de funcionarios docentes
universitarios de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla.
9.

Nombramientos

9.1 Las personas candidatas propuestas para la provisión de las plazas deberán
presentar en el Registro General de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, en el
plazo de veinte días a contar desde la publicación de la propuesta de la Comisión en el
Tablón Electrónico Oficial de la Universidad, por cualquiera de los medios señalados en
el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, certificación del Ministerio u organismo del que
dependan, acreditativa de su condición de funcionarias/os y de cuantas circunstancias
consten en su hoja de servicios.
9.2 Una vez finalizado el plazo para presentar reclamaciones, siempre y cuando no
se hayan presentado o no hayan sido admitidas a trámite, el Rector procederá a los
nombramientos conforme a la propuesta realizada por la Comisión, ordenará su
inscripción en el correspondiente registro de personal y su publicación en el «Boletín

cve: BOE-A-2023-25705
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Núm. 302