II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-25705)
Resolución de 5 de diciembre de 2023, de la Universidad Pablo de Olavide, por la que se convoca concurso para la provisión de plaza de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 19 de diciembre de 2023
4.

Sec. II.B. Pág. 167373

Admisión de aspirantes

4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, y en un plazo máximo de
quince días hábiles, la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, publicará, en su Tablón
Electrónico Oficial, la relación provisional de personas admitidas y excluidas del
concurso, con indicación del motivo de la exclusión. El cómputo de los plazos que se
establecen en esta convocatoria, se realizará excluyendo aquellos períodos que la
Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, declare inhábiles a efectos de cómputo de
plazos.
4.2 Dicha publicación tendrá carácter de notificación a los/as interesados/as, de
acuerdo con lo previsto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por lo que no se
realizará notificación personal alguna. El mismo carácter tendrán las distintas
publicaciones en el Tablón Electrónico Oficial de esta Universidad de los acuerdos y de
las Resoluciones a las que dé lugar esta convocatoria.
4.3 Contra la relación provisional de admitidos y excluidos, las personas
interesadas podrán presentar a través del Registro Telemático de la Universidad Pablo
de Olavide, de Sevilla, reclamación ante el Rector en el plazo máximo de diez días
hábiles, a contar desde el día siguiente de la publicación, para subsanar el defecto que
haya motivado su exclusión u omisión de la lista de personas admitidas y excluidas. Las
personas aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o aleguen
la omisión, serán definitivamente excluidas de la realización de las pruebas.
4.4 Finalizado el plazo de reclamaciones y resueltas las mismas, el Rector dictará
resolución aprobando la relación definitiva de personas admitidas y excluidas, que se
publicará en la forma anteriormente establecida. Contra la resolución que finalmente
recaiga se podrá interponer recurso en los términos previstos en los artículos 112 y
siguientes de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
5.

Comisiones

5.1 La composición de las Comisiones es la que figura en el anexo I de esta
convocatoria.
5.2 La constitución de las Comisiones, la ausencia de alguno de sus miembros, la
adopción de acuerdos, la asistencias e indemnizaciones, se regirá por lo establecido en
el Reglamento para los Concursos de Acceso entre acreditados/as a Cuerpos de
Funcionarias/os Docentes Universitarios de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla.
5.3 A fin de garantizar la transparencia y objetividad en el nombramiento de los
miembros de las Comisiones que resolverán los concursos de acceso, la Universidad
Pablo de Olavide, de Sevilla, publicará en su página web, el contenido de los currículos de
los miembros, respecto a los datos recogidos en el anexo del Real Decreto 1312/2007,
de 5 de octubre, por el que se establece la acreditación nacional para el acceso a los
cuerpos docentes universitarios, de acuerdo con el artículo 62.3 de la LOMLOU.
5.4 Las Comisiones deberán constituirse dentro del plazo máximo de tres meses
desde la publicación de la convocatoria del concurso de acceso en el «Boletín Oficial del
Estado». Por lo que cada Presidencia, previa consulta a los restantes miembros de las
mismas, dictará una resolución, que deberá ser notificada a todas las personas
interesadas con una antelación mínima de quince días naturales, respecto de la fecha
del acto para el que se les cita, convocando a:
Todos/as los/as miembros titulares de la Comisión y, en su caso, a los/as suplentes
necesarios/as para efectuar el acto de constitución de la misma y proceder, a
continuación, a fijar y hacer públicos los criterios específicos para la valoración del
concurso, que deberán referirse, en todo caso, al historial académico, docente e
investigador del aspirante, su proyecto docente e investigador, así como permitir
contrastar sus capacidades para la exposición y el debate en la correspondiente materia

cve: BOE-A-2023-25705
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Núm. 302