II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-25703)
Resolución de 5 de diciembre de 2023, de la Universidad de Cantabria, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 302

Martes 19 de diciembre de 2023

Sec. II.B. Pág. 167338

la entidad bancaria Unicaja, cuenta número IBAN: ES87 2103 8557 1700 3000 4959, de
la Universidad de Cantabria, indicando en el concepto el nombre del aspirante y plaza a
la que concursa.
Estarán exentos del pago de los derechos de examen:
– Quienes se encuentren en situación legal de desempleo, estando inscritos como
demandantes de empleo en los Servicios Públicos de Empleo con al menos un mes de
antelación a la fecha de publicación de la convocatoria del proceso selectivo, debiendo
acompañar documento acreditativo de esta condición expedido dentro del plazo de
presentación de solicitudes.
– Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento,
debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
– Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales, las personas que hayan sufrido
daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten
mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se
reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación
de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos.
– Las víctimas de la violencia de género a las que hace referencia la Ley
Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la
Violencia de Género, y sus hijos o hijas; para ello deberán aportar la resolución judicial
otorgando la orden de protección a favor de la víctima, sentencia condenatoria, medida
cautelar a favor de la víctima o cualquier otra en el que el órgano judicial estime la
existencia de cualquiera de los delitos o faltas.
– Los miembros de familias numerosas, debiendo acompañar a la solicitud certificado
acreditativo de tal condición.
Procederá la devolución de los derechos de participación a los aspirantes que hayan
sido definitivamente excluidos de estas pruebas por causas NO imputables a los
mismos. A tal efecto, el reintegro se realizará previa solicitud del interesado en la que
consten sus datos personales, el motivo por el cual solicita la devolución y código de
cuenta bancaria en la que desea se haga efectivo dicho reintegro.
La falta de abono de estos derechos a la finalización del plazo de presentación de
instancias, o en su caso, la justificación de estar exento, no es subsanable, y
determinará la exclusión del aspirante.
3.6 Será causa definitiva de exclusión la presentación de cualquier solicitud que no
siga el procedimiento establecido en esta base tercera.
Admisión de los aspirantes.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector dictará una resolución,
en el plazo máximo de veinte días hábiles, declarando aprobada la lista provisional de
admitidos y excluidos, con indicación de la causa de exclusión. Dicha resolución se
publicará en el tablón de anuncios del Rectorado (Pabellón de Gobierno, avenida de Los
Castros, núm. 54, 39005 Santander) y se difundirá a través de la página web de
Concursos PDI de la UC.
Contra dicha resolución, los interesados podrán presentar reclamación ante el
Rector, en el plazo de diez días, a contar desde el día siguiente a su publicación en el
tablón de anuncios, o bien subsanar en el mismo plazo el motivo de la exclusión.
Finalizado el plazo de reclamaciones y resueltas las mismas, el Rector dictará
resolución aprobando la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, que se
publicará en la forma anteriormente establecida. Contra esta resolución los interesados
podrán interponer recurso en los términos previstos en el artículo 112 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.

cve: BOE-A-2023-25703
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Cuarta.