III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE SANIDAD. Convenios. (BOE-A-2023-25749)
Resolución de 5 de diciembre de 2023, de la Secretaría de Estado de Sanidad, por la que se publica el Convenio entre la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios y la Fundación Casa del Corazón, por el que se canaliza la subvención nominativa establecida en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 para la gestión y el mantenimiento de los Registros Nacionales de Marcapasos y Desfibriladores Implantables.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 302

Martes 19 de diciembre de 2023

Sec. III. Pág. 167753

Las peticiones para ejercer los derechos del acceso, rectificación, supresión,
limitación del tratamiento, portabilidad de datos y oposición (derechos del capítulo III del
Reglamento general de protección de datos) en los registros nacionales de
desfibriladores automáticos implantables (DAIs) y Marcapasos podrán llegar a cualquiera
de las partes debido a la globalidad que internet ofrece.
La FCC, a través de la SEC, como encargada del tratamiento de datos de los
registros, se compromete con la debida diligencia y en las condiciones pactadas en el
presente documento los SERVICIOS objeto del mismo.
Sea cual sea el receptor de la petición, AEMPS, FCC o SEC, se ha de notificar al
solicitante que el cauce legal para realizar el trámite consiste en el envío de un correo
electrónico a las siguientes cuentas:
– privacidadmarcapasos@nombreproyecto.es
privacidadmarcapasos@cardiodispositivos.es si se trata de un paciente con un implante
de marcapasos.
– privacidaddais@nombreproyecto.es.
privacidaddais@cardiodispositivos.es si se trata de un paciente con un implante de
DAI.
El receptor de estas cuentas de correo será la SEC que se compromete a
monitorizarlas de manera continuada.
En el email debe constar la siguiente información:
– Asunto: - .
– Cuerpo del mensaje: Datos de contacto del paciente o Motivo de la solicitud.
– Asunto: Derechos ARCO - Nombre del paciente.
– Cuerpo del mensaje: Datos de contacto del paciente, Motivo de la solicitud, DNI/
Pasaporte/Documento Identificativo legal.
Además, se ha de habilitar la vía de correo ordinaria para aquellos pacientes que no
tienen correo electrónico.
Tras la recepción del correo, la SEC ha de seguir los siguientes pasos:
– Acción1: Archivar la solicitud en formato electrónico. Al registrar la incidencia, se
enviará una notificación a la persona designada en la AEMPS y al Administrador de la
plataforma en el hospital. Si la solicitud es por vía ordinaria, se procederá a la
digitalización de los documentos.
– Acción2: Actualización de la información del paciente en el Registro DAIs / MPS.
– Acción 3: Notificación al paciente de la actualización de los datos.
Los tiempos de respuesta serán de 48-72 horas en función de si la comunicación
tiene lugar en periodos vacacionales.
ANEXO 2

Ámbito de aplicación.
El presente protocolo se aplicará en los casos en que la AEMPS necesite obtener la
opinión de la SEC sobre:
a) Incidentes graves relacionados con marcapasos y desfibriladores, o con
cualquier otro producto sanitario utilizado en el ámbito de la cardiología.
b) Recomendaciones a emitir a los profesionales sanitarios en relación con el uso
de los citados productos o el seguimiento de los pacientes.

cve: BOE-A-2023-25749
Verificable en https://www.boe.es

Protocolo de contacto entre la Agencia Española de Medicamentos y Productos
Sanitarios (AEMPS) y la Sociedad Española de Cardiología (SEC)