III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Recursos. (BOE-A-2023-25712)
Resolución de 27 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa de la registradora de la propiedad de Zaragoza n.º 12 a inscribir una escritura de cartas de pago y cancelación de hipotecas.
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Núm. 302

Martes 19 de diciembre de 2023

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pues aquél se refiere literalmente al «otorgamiento de la presente escritura de préstamo
hipotecario», cuando, en realidad, se trata de una escritura de carta de pago y
cancelación de hipotecas. Por lo demás, esta falta de congruencia se debe a un error
material fácilmente subsanable por el notario autorizante, sin necesidad de que –en este
extremo– se hubiera interpuesto un recurso como el presente.
Esta Dirección General ha acordado desestimar el recurso y confirmar la calificación
impugnada.
Contra esta resolución los legalmente legitimados pueden recurrir mediante demanda
ante el Juzgado de lo Civil de la capital de la Provincia del lugar donde radica el
inmueble en el plazo de dos meses desde su notificación, siendo de aplicación las
normas del juicio verbal, todo ello conforme a lo establecido en los artículos 325 y 328 de
la Ley Hipotecaria.

cve: BOE-A-2023-25712
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 27 de noviembre de 2023.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe
Pública, Sofía Puente Santiago.

https://www.boe.es

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X