II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-25709)
Resolución de 11 de diciembre de 2023, de la Universidad de Alcalá, por la que se convoca concurso para la provisión de plaza de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 302

Martes 19 de diciembre de 2023

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos

UNIVERSIDADES
25709

Resolución de 11 de diciembre de 2023, de la Universidad de Alcalá, por la
que se convoca concurso para la provisión de plaza de cuerpos docentes
universitarios.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 72 y en la disposición transitoria
décimo primera de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario
(BOE de 23 de marzo) –en adelante LOSU–, en el artículo 3 del Real
Decreto 1313/2007, de 5 de octubre, por el que se regula el régimen de los concursos de
acceso a cuerpos docentes universitarios (en adelante RDC), en el artículo 116 y 116 bis
de los Estatutos de la Universidad de Alcalá, aprobados por Decreto 221/2003, de 23 de
octubre, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid modificados por
Decreto 18/2012, de 26 de enero (en adelante EUAH).
Este Rectorado ha resuelto convocar a concurso de movilidad la plaza docente
vacante que se relaciona en el anexo I de la presente resolución de acuerdo a lo
dispuesto en la LOMLOU, el RDC, los EUAH, así como, con carácter supletorio, por lo
previsto en la legislación general de funcionarios civiles del Estado, garantizando el
respeto a los principios de publicidad, mérito, capacidad, igualdad, libre concurrencia y
transparencia, y con arreglo a las siguientes
Bases
Primera.

a) Ser español o nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión
Europea o de los Estados en los que es de aplicación la libre circulación de trabajadores,
así como sus cónyuges siempre que no estén separados de derecho, y los
descendientes y los de sus cónyuges, menores de veintiún años o mayores de dicha
edad que vivan a sus expensas.
En el momento de presentación de la solicitud de participación en el proceso
selectivo deberá acreditarse la nacionalidad, así como, en su caso, el vínculo de
parentesco y el de vivir a expensas, conforme a lo previsto en el artículo 8 del Real
Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre acceso al empleo público de la Administración
General del Estado y sus organismos públicos de nacionales de otros Estados a los que
es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores.
La acreditación de la nacionalidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria se
realizará por medio de los documentos correspondientes, certificados por las autoridades
competentes de su país de origen, traducidos al español, que será la lengua oficial en la
que tendrá lugar el desarrollo de las pruebas.
b) Edad: Tener cumplidos los dieciocho años de edad y no haber superado los
setenta.
c) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de la
Administración del Estado o de la Administración Autonómica, Local o Institucional, ni
hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. Los aspirantes cuya
nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a

cve: BOE-A-2023-25709
Verificable en https://www.boe.es

Para ser admitido a este concurso de provisión de vacantes son necesarios los
siguientes requisitos generales: