II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE SANIDAD. Escala de Gestión de Organismos Autónomos. (BOE-A-2023-25655)
Resolución de 11 de diciembre de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Gestión de Organismos Autónomos, Especialidad Sanidad y Consumo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 302

Martes 19 de diciembre de 2023

Sec. II.B. Pág. 167157

Universitario/a, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o Grado para el área de Técnicos
de Inspección, según lo previsto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre,
por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público.
Asimismo, a estos efectos, se considerará equivalente al título de Diplomado/a
Universitario/a al haber superado los tres primeros cursos completos de Licenciatura,
conforme a lo dispuesto en la disposición adicional primera del Real Decreto 1272/2003,
de 10 de octubre.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en
posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del
correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a las
personas aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación
profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de
Derecho de la Unión Europea.
Las personas candidatas deberán poseer los requisitos exigidos en el día de
finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la
toma de posesión como personal funcionario de carrera los requisitos exigidos.
Acceso de personas con discapacidad

7.1 Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por ciento podrán
participar por el sistema de acceso general o bien por el cupo de reserva de personas
con discapacidad, debiendo indicarlo en el formulario de solicitud de participación en el
proceso selectivo, conforme al anexo IV.
7.2 Con independencia del sistema de acceso por el que se presenten, las
personas que, como consecuencia de su discapacidad, presenten especiales dificultades
para la realización de las pruebas selectivas, incluyendo el curso selectivo, podrán
requerir en el formulario de solicitud de participación en dicho proceso las adaptaciones y
los ajustes razonables de tiempos y medios oportunos de las pruebas del proceso
selectivo, o del mencionado curso.
Las personas interesadas deberán indicar expresamente en el formulario de
participación las adaptaciones de tiempo y/o medios que soliciten para cada uno de los
ejercicios del proceso selectivo. Para que el Tribunal calificador pueda valorar la
procedencia o no de la adaptación solicitada, las personas interesadas deberán anexar
necesariamente copia del dictamen técnico facultativo emitido por el órgano técnico de
calificación del grado de discapacidad en el que quede acreditado de forma fehaciente
la/s deficiencia/s permanente/s que hayan dado origen al grado de discapacidad
reconocido, sin que sea válido, a estos efectos, ningún otro documento. Para poder
realizar la correspondiente valoración será requisito imprescindible la aportación del
dictamen técnico facultativo en el plazo de presentación de solicitudes.
7.3 El tribunal adoptará las medidas oportunas que permitan a las personas
aspirantes con discapacidad que así lo hubieran indicado en la solicitud poder participar
en las pruebas del proceso selectivo y en el curso selectivo en igualdad de condiciones
con el resto de participantes, conforme con lo previsto en el Real Decreto 2271/2004,
de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de
puestos de trabajo de las personas con discapacidad, y aplicará las adaptaciones de
tiempos previstas en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen
criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos
para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.
7.4 A las personas aspirantes que participen por turno de discapacidad, que
superen uno o más ejercicios con una nota superior al 60 por ciento de la calificación
máxima del ejercicio correspondiente, podrán solicitar la conservación de las
calificaciones en la convocatoria inmediata siguiente, como indica el punto 4 del anexo I
de esta convocatoria.

cve: BOE-A-2023-25655
Verificable en https://www.boe.es

7.