II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE SANIDAD. Escala de Gestión de Organismos Autónomos. (BOE-A-2023-25655)
Resolución de 11 de diciembre de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Gestión de Organismos Autónomos, Especialidad Sanidad y Consumo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 19 de diciembre de 2023

Sec. II.B. Pág. 167155

previsto en la Resolución de 27 de julio de 2023, de la Secretaría de Estado de Función
Pública («Boletín Oficial del Estado» de 29 de julio).
3.2 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la autoridad convocante
dictará una resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobadas las listas
de personas admitidas y excluidas. En dicha resolución, que se publicará en el «Boletín
Oficial del Estado» y en los lugares previstos en la base específica 10, se indicará la
relación de personas aspirantes excluidas, los lugares en los que se encuentran
expuestas al público las listas completas de personas aspirantes admitidas y excluidas,
así como el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio del proceso selectivo.
3.3 Una vez comenzado el mencionado proceso, los anuncios de celebración de los
restantes ejercicios se harán públicos con, al menos, doce horas de antelación a la
señalada para su inicio, si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se
trata de uno nuevo, conforme al artículo 21 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
Estos anuncios se efectuarán en los lugares previstos en la base específica 10, así como
por cualquier otro medio que se juzgue conveniente para facilitar su máxima divulgación.
Las fechas de realización de alguno de los ejercicios, o sus lecturas, así como el
curso selectivo, podrán ser coincidentes con las fechas de celebración de ejercicios y
cursos selectivos de otros procesos de selección. Las personas aspirantes serán
convocadas en llamamiento único quedando decaídos en su derecho quienes no
comparezcan a realizarlo, sin perjuicio de lo dispuesto en la base específica 9.
3.4 Según lo establecido en el Real 625/2023, de 11 de julio, por el que se aprueba
la Oferta de Empleo Público del año 2023, el primer ejercicio de la fase de oposición
tendrá que celebrarse en el plazo máximo de tres meses, contados a partir de la
publicación de esta convocatoria.
Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente, el
plazo máximo a transcurrir será de cuarenta y cinco días naturales, conforme al
artículo 16.j) del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el
Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del
Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado. La previsión sobre la
duración máxima de este proceso selectivo es de nueve meses. A la vista de las
dificultades que entraña el cumplimiento de los referidos plazos durante el mes de
agosto, y a fin de garantizar el correcto desarrollo de aquello, se declara inhábil dicho
mes, a efectos del cómputo de plazos en las pruebas selectivas de la presente
convocatoria, así como en los recursos administrativos que puedan interponerse frente a
los actos y resoluciones dictados durante el curso de estos procesos.
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y
seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el tribunal calificador
deberá publicar un cronograma orientativo con las fechas de realización de las pruebas
relativas a este proceso selectivo.
4.

Programas

El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo II de
esta convocatoria.
5.

Tribunal

5.1 El tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como
anexo III de esta convocatoria. Para aquellos ejercicios que requieran su inmediata
corrección, la composición diaria del tribunal podrá ser de tres miembros, designados
por el presidente. Las competencias serán las necesarias para su adecuado
funcionamiento, incluyendo la calificación de los ejercicios. Se publicará un breve
currículum profesional de las personas que forman parte de los tribunales en el punto

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Núm. 302