III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Patrimonio histórico. (BOE-A-2023-25742)
Orden CLT/1349/2023, de 5 de diciembre, por la que se otorga garantía del Estado a tres obras para su exhibición en la exposición permanente del Museo Nacional del Prado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 302

Martes 19 de diciembre de 2023

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE CULTURA
25742

Orden CLT/1349/2023, de 5 de diciembre, por la que se otorga garantía del
Estado a tres obras para su exhibición en la exposición permanente del
Museo Nacional del Prado.

A petición del Museo Nacional del Prado.
De conformidad con la disposición adicional novena de la Ley 16/1985, de 25 de
junio, del Patrimonio Histórico Español, el Real Decreto 1680/1991, de 15 de noviembre,
por el que se desarrolla dicha disposición adicional sobre garantía del Estado para obras
de interés cultural y la disposición adicional cuadragésima cuarta de la Ley 31/2022,
de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.
Vistos los informes favorables de la Junta de Calificación, Valoración y Exportación
de Bienes del Patrimonio Histórico Español, adoptado en su reunión plenaria del día 14
de septiembre de 2023, de la Abogacía del Estado del Ministerio de Cultura emitido con
fecha del 3 de octubre de 2023, y de la Subdirección General de la Oficina
Presupuestaria con fecha del 27 de octubre de 2023, y una vez fiscalizado de
conformidad por la Intervención Delegada en el Departamento.
De conformidad con la propuesta de la Dirección General de Patrimonio Cultural y
Bellas Artes formulada el 27 de octubre de 2023, en cumplimiento del artículo 3 del Real
Decreto 1680/1991, de 15 de noviembre, dispongo:
Primero.

Otorgamiento de la garantía del Estado.

Otorgar la garantía del Estado a las obras que figuran en la solicitud de la institución
y en el anexo de esta orden con el alcance, efectos y límites que más adelante se
expresan.
Segundo.

Objeto.

1. El Estado se compromete a indemnizar por la destrucción, pérdida, sustracción o
daño de las obras que figuran en el anexo de esta orden, de acuerdo con el valor y las
condiciones expresadas en la solicitud de la institución.
2. Cualquier alteración de las condiciones expresadas en la solicitud deberá ser
comunicada con antelación suficiente al Ministerio de Cultura por la institución solicitante,
siendo necesaria la conformidad expresa del mismo para que la garantía surta efecto en
relación con el término alterado.
Cobertura de la garantía del Estado.

1. La garantía otorgada se circunscribe exclusivamente a las obras que figuran en
la solicitud de la institución y en el anexo de esta orden, a los efectos de su exhibición en
las salas de exposiciones del Museo Nacional del Prado, sito en Paseo del Prado s/n en
Madrid, en la exposición permanente, desde el 1 de enero de 2024 hasta el 31 de
diciembre de 2024.
2. El valor económico total de las obras cubiertas por la garantía del Estado
asciende a tres millones cincuenta mil euros (3.050.000 €). A los efectos de esta orden,
se considerará que el valor individual de las obras es el que figura en la solicitud de
garantía del Estado.
3. Las cantidades no cubiertas por la garantía del Estado, según lo dispuesto en el
artículo 6.2 del Real Decreto 1680/1991, de 15 de noviembre, por el que se desarrolla la
disposición adicional novena de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico

cve: BOE-A-2023-25742
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Tercero.