V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA. (BOE-B-2023-38019)
Resolución de la Dirección General de Energía, del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural por la que se otorga a RASCON SOLAR, S.L., la autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y la declaración de utilidad pública de la línea aérea de alta tensión 220kV SET Seròs-Centro de Medida de la PS Rascon Solar, del recinto de punto de medida y de la línea subterránea de alta tensión, en suelo no urbanizable, en los términos municipales de Alcarràs, Albatàrrec y Lleida, comarca de El Segrià (exp. FUE-2020-01816469).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 18 de diciembre de 2023
Sec. V-B. Pág. 61621
trámite preceptivo de evaluación de impacto ambiental ordinaria, una vez se
disponga de todo el expediente administrativo tramitado por el órgano competente
en materia de energía.
También se han recibido, fuera de plazo, las siguientes aportaciones:
El Ayuntamiento de Alcarràs indica que la propuesta deberá cumplir con la
Ordenanza municipal de protección y reguladora de los usos de los caminos
municipales de Alcarràs, según el acuerdo del Pleno de fecha 6 de julio de 2000.
En la documentación aportada por el promotor en relación con estos aspectos
se da respuesta a sus consideraciones.
ADIF indica que las obras no tienen lugar dentro de zonas de afección del
ferrocarril.
La Agencia Catalana del Agua señala que la planta no se encuentra afectada
por cauces públicos y efectúa una serie de consideraciones en relación con el
abastecimiento y saneamiento de las instalaciones, el cruce de la línea de
evacuación sobre el río Segre y las medidas a implementar en fase de obras en
relación con el vector agua.
El informe de la Comisión Territorial de Urbanismo de Lleida pone de
manifiesto, entre otros aspectos que la proximidad de la Ermita de Santa Anna y la
Casa dels Canonges de Montagut, hace conveniente incorporar las
determinaciones que establezca el organismo competente en materia de
patrimonio cultural, y la necesidad de valorar alternativas de la línea de evacuación
de energía parcialmente soterradas y ordenadas conjuntamente con las
infraestructuras existentes en el territorio.
La Dirección General de Carreteras del Ministerio de Transportes, Movilidad y
Agenda Urbana indica que únicamente hará falta que se tramite por parte del
interesado la correspondiente solicitud de autorización delante del MITMA para la
ejecución de los trabajos, previamente a su inicio, que se encuentran dentro de las
zonas de protección de la autovía en A-2, la cual será analizada y resuelta
segundo proceda.
Sobre el resto de actuaciones que queden fuera de las zonas de protección de
las carreteras de la red del estado que no estén afectadas no procede informar.
La Sección de Biodiversidad y Medio Natural explicita la necesidad de retirar
unos 10 – 15 m el cierre perimetral del sector al extremo sudeste del margen que
contiene el hábitat de interés comunitario 1430. El informe emitido se refiere
también a la necesidad de valorar la posibilidad de soterrar a la línea aérea de
evacuación de la energía e incluye algunas medidas para el fomento de la
biodiversidad y la compensación de impactos.
En la documentación aportada por el promotor en relación con estos aspectos
se da respuesta a sus consideraciones.
La Agencia de Residuos de Cataluña emite informe favorable siempre y
cuando se tengan en cuenta las consideraciones del informe.
Red Eléctrica de España indica que no presenta oposición al proyecto y aporta
recordatorios.
cve: BOE-B-2023-38019
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 301
Lunes 18 de diciembre de 2023
Sec. V-B. Pág. 61621
trámite preceptivo de evaluación de impacto ambiental ordinaria, una vez se
disponga de todo el expediente administrativo tramitado por el órgano competente
en materia de energía.
También se han recibido, fuera de plazo, las siguientes aportaciones:
El Ayuntamiento de Alcarràs indica que la propuesta deberá cumplir con la
Ordenanza municipal de protección y reguladora de los usos de los caminos
municipales de Alcarràs, según el acuerdo del Pleno de fecha 6 de julio de 2000.
En la documentación aportada por el promotor en relación con estos aspectos
se da respuesta a sus consideraciones.
ADIF indica que las obras no tienen lugar dentro de zonas de afección del
ferrocarril.
La Agencia Catalana del Agua señala que la planta no se encuentra afectada
por cauces públicos y efectúa una serie de consideraciones en relación con el
abastecimiento y saneamiento de las instalaciones, el cruce de la línea de
evacuación sobre el río Segre y las medidas a implementar en fase de obras en
relación con el vector agua.
El informe de la Comisión Territorial de Urbanismo de Lleida pone de
manifiesto, entre otros aspectos que la proximidad de la Ermita de Santa Anna y la
Casa dels Canonges de Montagut, hace conveniente incorporar las
determinaciones que establezca el organismo competente en materia de
patrimonio cultural, y la necesidad de valorar alternativas de la línea de evacuación
de energía parcialmente soterradas y ordenadas conjuntamente con las
infraestructuras existentes en el territorio.
La Dirección General de Carreteras del Ministerio de Transportes, Movilidad y
Agenda Urbana indica que únicamente hará falta que se tramite por parte del
interesado la correspondiente solicitud de autorización delante del MITMA para la
ejecución de los trabajos, previamente a su inicio, que se encuentran dentro de las
zonas de protección de la autovía en A-2, la cual será analizada y resuelta
segundo proceda.
Sobre el resto de actuaciones que queden fuera de las zonas de protección de
las carreteras de la red del estado que no estén afectadas no procede informar.
La Sección de Biodiversidad y Medio Natural explicita la necesidad de retirar
unos 10 – 15 m el cierre perimetral del sector al extremo sudeste del margen que
contiene el hábitat de interés comunitario 1430. El informe emitido se refiere
también a la necesidad de valorar la posibilidad de soterrar a la línea aérea de
evacuación de la energía e incluye algunas medidas para el fomento de la
biodiversidad y la compensación de impactos.
En la documentación aportada por el promotor en relación con estos aspectos
se da respuesta a sus consideraciones.
La Agencia de Residuos de Cataluña emite informe favorable siempre y
cuando se tengan en cuenta las consideraciones del informe.
Red Eléctrica de España indica que no presenta oposición al proyecto y aporta
recordatorios.
cve: BOE-B-2023-38019
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 301