II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. TRIBUNAL DE CUENTAS. Funcionarios de los Subgrupos A2 y C1. (BOE-A-2023-25560)
Resolución de 8 de diciembre de 2023, de la Presidencia del Tribunal de Cuentas, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 301

Lunes 18 de diciembre de 2023

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos

TRIBUNAL DE CUENTAS
Resolución de 8 de diciembre de 2023, de la Presidencia del Tribunal de
Cuentas, por la que se convoca concurso específico para la provisión de
puestos de trabajo.

Vacantes determinados puestos de trabajo en el Tribunal de Cuentas, que se
encuentran dotados presupuestariamente y cuya provisión resulta necesaria para el
cumplimiento de sus fines, la Comisión de Gobierno de esta Institución, en el ejercicio de
las atribuciones que le confiere el artículo 6.c) y h), en relación con el artículo 93, ambos
de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas, en su
reunión de 16 de noviembre de 2023, acordó aprobar las bases de la convocatoria de un
concurso específico para la provisión de diversos puestos de trabajo en la Dirección de
Digitalización y Tecnologías de la Información, de la Secretaría General del Tribunal de
Cuentas; Acuerdo que, por la presente resolución, se hace público.
El concurso específico de méritos que se convoca mediante la presente resolución
se regirá por lo previsto en el artículo 20.1, apartados a) y c) de la Ley 30/1984, de 2 de
agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública y en los artículos 40.1 y 45 del
Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración del Estado
y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios
Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995,
de 10 de marzo, todos ellos de aplicación en el Tribunal de Cuentas conforme a los
artículos 37.1 de la Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, del Tribunal de Cuentas, y 88
de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal.
El presente concurso, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española, la
Directiva 2006/54/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio de 2006,
relativa a la aplicación del principio de igualdad de oportunidades e igualdad de trato
entre hombres y mujeres en asuntos de empleo y ocupación, el Acuerdo del Pleno del
Tribunal de Cuentas de 29 de septiembre de 2014, por el que se aprueba el I Plan de
Igualdad para mujeres y hombres del Tribunal de Cuentas, y la Ley Orgánica 3/2007,
de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, tendrá en cuenta el
principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres en materia de acceso al empleo
público, a la formación profesional y a las condiciones de trabajo, por lo que la provisión
de puestos de trabajo se efectuará en el marco de los citados principios. Todas las
menciones a los funcionarios recogidas en las bases de esta convocatoria deberán
entenderse referidas a funcionarios y funcionarias.
Toda la información del concurso de traslados se realizará en formatos adecuados,
siguiendo los principios de accesibilidad universal y diseño para todas las personas,
definidos en la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su
inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre.
Se garantizará la igualdad y no discriminación de las personas con discapacidad en
cuanto a la accesibilidad de la sede electrónica, todo ello conforme a las prescripciones
vigentes en materia de accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos
móviles del sector público.
Los datos de carácter personal facilitados por quienes participen en este concurso de
traslados serán tratados por el Tribunal de Cuentas de conformidad con lo dispuesto en
el Reglamento General de Protección de Datos (Reglamento (UE) 2016/679, del
Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril del 2016; en la Ley Orgánica 3/2018,

cve: BOE-A-2023-25560
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