III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-25627)
Resolución de 5 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Enel Green Power España, SLU, autorización administrativa de construcción para el módulo de generación denominado "Parque solar fotovoltaico Mudéjar", de 66 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, consistente en las líneas de evacuación subterránea a 33 kV y la ampliación de la subestación ST02 220/33 kV con una nueva posición de entrada privativa en Andorra (Teruel) y se declara, en concreto, su utilidad pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 18 de diciembre de 2023

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previa otorgada para el mismo (64,188 MW) y a la vez, informa que se incluyen dos
nuevos módulos, de tecnología eólica y almacenamiento con baterías, para hibridación.
A la vista de la documentación aportada, el proyecto de «parque fotovoltaico
Mudéjar» es un módulo de generación de tecnología fotovoltaica dentro de la instalación
«Mudéjar híbrida» la cual se compone de tres módulos: Un módulo de generación
fotovoltaica, objeto de la presente resolución, un módulo de generación eólica- y un
módulo de almacenamiento, estos últimos son objeto de otro expediente, no estando
dentro del alcance de la presente resolución.
Con posterioridad, el promotor aporta al expediente información respecto de que la
potencia instalada del módulo de generación «parque fotovoltaico Mudéjar» de 66 MW
de potencia instalada.
Con fecha 10 de febrero de 2023, solicita declaración, en concreto, de utilidad
pública, del proyecto de parque fotovoltaico Mudéjar, y su infraestructura de evacuación,
en el término municipal de Andorra, en la provincia de Teruel. Entre la documentación
aportada a los efectos de la tramitación del citado procedimiento, el promotor aporta
declaración responsable donde pone de manifiesto que, de cara a la construcción del
proyecto de ejecución de la planta fotovoltaica Mudéjar y sus infraestructuras de
evacuación, en los términos municipales de Alcañiz, Híjar y Andorra, pertenecientes a la
provincia de Teruel, están firmados acuerdos de arrendamiento con propietarios
particulares suficientes para la viabilidad del proyecto. El promotor acompaña a su
solicitud, la documentación técnica y anejo de afecciones del proyecto de conformidad
con el artículo 143.3, del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Considerando que el artículo 115.2 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre,
permite que las modificaciones de instalaciones de generación que hayan obtenido
autorización administrativa previa obtengan autorización administrativa de construcción
sin requerir una nueva autorización administrativa previa cuando se cumplan la totalidad
de las condiciones dispuestas en el mismo.
El expediente ha sido incoado en la Dependencia del Área de Industria y Energía de
la Subdelegación del Gobierno en Teruel, y se ha tramitado de conformidad con lo
previsto en los artículos 131 y 146 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el
que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y
procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, habiéndose
solicitado los correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y
empresas de servicio público o de servicios de interés general en la parte que la
instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo.
Se ha recibido contestación del Ayuntamiento de Andorra, donde pone de manifiesto
que, sin menos cabo de la correspondiente solicitud de licencia urbanística y
cumplimiento de la normativa sectorial y condicionados previstos en su informe, a la vista
de la documentación presentada, la actuación podría ser susceptible de ser compatible
con el plan general de ordenación urbana, condicionada al cumplimiento de sus
determinaciones y entre otros, que los trabajos de ampliación en la subestación Sedéis
V 220/33 kV (ST02), se realizan íntegramente en el ámbito interior de la misma, que
dispone de licencia de obra y actividad. Se ha dado traslado al promotor de dichas
contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas.
Se han recibido contestaciones de las que no se desprende oposición de la Dirección
General de Patrimonio Cultural del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del
Gobierno de Aragón, de la Dirección General de Interior y Protección Civil del
departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales del Gobierno de Aragón, de
Enagás SA, y del Consejo Provincial de Urbanismo de Teruel del departamento de
Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda del Gobierno de Aragón. Se ha dado
traslado al promotor de dichas contestaciones, que expresa su conformidad con las
mismas.
Se han recibido contestaciones de la Confederación Hidrográfica del Ebro, de la
Dirección General de Carreteras del Departamento de Vertebración del Territorio,
Movilidad y Vivienda del Gobierno de Aragón, del Instituto Aragonés de Gestión

cve: BOE-A-2023-25627
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Núm. 301