II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2023-25608)
Resolución de 4 de diciembre de 2023, de la Universitat Politècnica de València, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, a la categoría de Analista.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 301
Lunes 18 de diciembre de 2023
Sec. II.B. Pág. 166858
Cuando el requisito de acceso sea el de Grado Universitario junto con un Master
Universitario habilitante para el ejercicio de una profesión regulada; Licenciatura,
Arquitectura o Ingeniería, habilitados para el ejercicio de profesión regulada, se puntuará:
– Doctorado con 4 puntos.
– Master Universitario oficial; siempre y cuando este Master no sea el Master
habilitante para el ejercicio de la profesión regulada, requerido en la convocatoria con 2
puntos.
– Cualquier otra titulación de Grado Universitario, Licenciatura, Arquitectura o
Ingeniería, adicional y distinta de la empleada para el acceso con 1 punto.
Para el Grupo A, Subgrupo A2:
El requisito de acceso será el de Grado Universitario, Diplomatura, Arquitectura
Técnica o Ingeniería Técnica, y este apartado se puntuará:
– Doctorado con 4 puntos.
– Master Universitario oficial con 2 puntos.
– Licenciatura, Arquitectura o Ingeniería, distinta de la empleada para el acceso
con 1 punto.
– Cualquier otra titulación de Grado Universitario, Diplomatura, Arquitectura Técnica
o Ingeniería Técnica, adicional y distinta de la empleada para el acceso con 0,50 puntos.
Para el Grupo B:
El requisito de acceso será el de Ciclo Formativo de Grado Superior, y este apartado
se puntuará:
– Cualquier titulación universitaria oficial de nivel superior con 4 puntos.
– Cualquier otra titulación de ciclo formativo de grado superior, adicional y distinta a
la empleada para el acceso; con 1 punto.
Para el Grupo C, Subgrupo C1:
El requisito de acceso será el de Bachillerato o Ciclo Formativo de Grado Medio, y
este apartado se puntuará:
– Cualquier titulación universitaria o académica oficial de nivel superior con 4 puntos.
– Cualquier otra titulación de bachillerato o ciclo formativo de grado medio, adicional
y distinta a la empleada para el acceso; con 1 punto.
Para el Grupo C, Subgrupo C2:
El requisito de acceso será el de Educación Secundaria Obligatoria, y este apartado
se puntuará:
– Cualquier titulación universitaria o académica oficial de nivel superior con 4 puntos.
Conocimiento de Valenciano
Se valorará hasta un máximo de 4 puntos, siempre que se acredite estar en posesión
del pertinente certificado de competencias expedido bien por la Junta Qualificadora de
Coneixements del Valencià o bien expedido por el Servei de Normalització Lingüística de
la Universitat Politècnica de València o bien estar en posesión de aquellos certificados
que constan en el anexo II de la Orden 7/2017, de 2 de marzo, de la Consellería de
cve: BOE-A-2023-25608
Verificable en https://www.boe.es
3.
Núm. 301
Lunes 18 de diciembre de 2023
Sec. II.B. Pág. 166858
Cuando el requisito de acceso sea el de Grado Universitario junto con un Master
Universitario habilitante para el ejercicio de una profesión regulada; Licenciatura,
Arquitectura o Ingeniería, habilitados para el ejercicio de profesión regulada, se puntuará:
– Doctorado con 4 puntos.
– Master Universitario oficial; siempre y cuando este Master no sea el Master
habilitante para el ejercicio de la profesión regulada, requerido en la convocatoria con 2
puntos.
– Cualquier otra titulación de Grado Universitario, Licenciatura, Arquitectura o
Ingeniería, adicional y distinta de la empleada para el acceso con 1 punto.
Para el Grupo A, Subgrupo A2:
El requisito de acceso será el de Grado Universitario, Diplomatura, Arquitectura
Técnica o Ingeniería Técnica, y este apartado se puntuará:
– Doctorado con 4 puntos.
– Master Universitario oficial con 2 puntos.
– Licenciatura, Arquitectura o Ingeniería, distinta de la empleada para el acceso
con 1 punto.
– Cualquier otra titulación de Grado Universitario, Diplomatura, Arquitectura Técnica
o Ingeniería Técnica, adicional y distinta de la empleada para el acceso con 0,50 puntos.
Para el Grupo B:
El requisito de acceso será el de Ciclo Formativo de Grado Superior, y este apartado
se puntuará:
– Cualquier titulación universitaria oficial de nivel superior con 4 puntos.
– Cualquier otra titulación de ciclo formativo de grado superior, adicional y distinta a
la empleada para el acceso; con 1 punto.
Para el Grupo C, Subgrupo C1:
El requisito de acceso será el de Bachillerato o Ciclo Formativo de Grado Medio, y
este apartado se puntuará:
– Cualquier titulación universitaria o académica oficial de nivel superior con 4 puntos.
– Cualquier otra titulación de bachillerato o ciclo formativo de grado medio, adicional
y distinta a la empleada para el acceso; con 1 punto.
Para el Grupo C, Subgrupo C2:
El requisito de acceso será el de Educación Secundaria Obligatoria, y este apartado
se puntuará:
– Cualquier titulación universitaria o académica oficial de nivel superior con 4 puntos.
Conocimiento de Valenciano
Se valorará hasta un máximo de 4 puntos, siempre que se acredite estar en posesión
del pertinente certificado de competencias expedido bien por la Junta Qualificadora de
Coneixements del Valencià o bien expedido por el Servei de Normalització Lingüística de
la Universitat Politècnica de València o bien estar en posesión de aquellos certificados
que constan en el anexo II de la Orden 7/2017, de 2 de marzo, de la Consellería de
cve: BOE-A-2023-25608
Verificable en https://www.boe.es
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