II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2023-25608)
Resolución de 4 de diciembre de 2023, de la Universitat Politècnica de València, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, a la categoría de Analista.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 301
Lunes 18 de diciembre de 2023
Sec. II.B. Pág. 166856
convocatoria y que no tengan más de diez años, tomando como referencia la fecha de la
publicación en el DOGV de la convocatoria.
La valoración se efectuará conforme al siguiente baremo, sin que se consideren los
cursos hasta 9 horas y caso de que haya dos o más cursos con el mismo contenido, sólo
será considerado el de mayor duración:
N.º de horas
Puntuación total
De 10 a 14
0,1
De 15 a 19
0,3
De 20 a 29
0,6
De 30 a 49
0,9
De 50 a 74
1,2
75 o más horas
1,5
Sólo se valorarán estos cursos si han sido impartidos por centros oficialmente
reconocidos, o si están homologados por un organismo público competente en el marco
de programas de formación continua, de formación ocupacional o de formación de
empleados públicos, debiendo la persona aspirante acreditar tal extremo.
Se considerarán a estos efectos los cursos de formación continua impartidos por las
organizaciones sindicales y que se encuentren incluidos dentro de los respectivos
acuerdos con la Administración.
Asimismo, serán objeto de valoración aquellos cursos que por sus características
sean de reconocido prestigio en el ámbito profesional, cumpliendo con los requisitos de
aprovechamiento en su caso.
No serán objeto de valoración los cursos cuyo contenido haya quedado obsoleto por
razones técnicas, normativas o cualquier otra circunstancia.
En ningún caso se puntuarán en el presente apartado los cursos de valenciano y de
idiomas, ni los cursos pertenecientes a una carrera universitaria, cursos de doctorado y
los de diferentes institutos de las universidades cuando formen parte del plan de estudios
del centro, ni los cursos derivados de procesos selectivos, promoción interna, planes de
empleo y adaptación del régimen jurídico a la naturaleza de los puestos que se ocupan.
5.4
Carrera Profesional:
En este apartado se puntuarán los periodos evaluados satisfactoriamente en
aplicación del sistema de carrera profesional horizontal y la evaluación del desempeño
del personal funcionario de esta Universitat, con un máximo de 2 puntos, que se
obtendrá de la suma, en su caso, de la valoración de los siguientes tramos:
–
–
–
–
GDP I o DPCR I: máximo de 0,5 puntos.
GDP II o DPCR II: máximo de 0,5 puntos.
GDP III o DPCR III: máximo de 0,5 puntos.
GDP IV o DPCR IV: máximo de 0,5 puntos.
Baremo (turno libre)
1.
Experiencia profesional
Se valorará hasta un máximo de 8 años y 26 puntos la experiencia profesional en
puestos de trabajo correspondientes a la misma categoría o similares de acuerdo con las
funciones desempeñadas, grupo y subgrupo de las vacantes especificadas en la
cve: BOE-A-2023-25608
Verificable en https://www.boe.es
ANEXO III
Núm. 301
Lunes 18 de diciembre de 2023
Sec. II.B. Pág. 166856
convocatoria y que no tengan más de diez años, tomando como referencia la fecha de la
publicación en el DOGV de la convocatoria.
La valoración se efectuará conforme al siguiente baremo, sin que se consideren los
cursos hasta 9 horas y caso de que haya dos o más cursos con el mismo contenido, sólo
será considerado el de mayor duración:
N.º de horas
Puntuación total
De 10 a 14
0,1
De 15 a 19
0,3
De 20 a 29
0,6
De 30 a 49
0,9
De 50 a 74
1,2
75 o más horas
1,5
Sólo se valorarán estos cursos si han sido impartidos por centros oficialmente
reconocidos, o si están homologados por un organismo público competente en el marco
de programas de formación continua, de formación ocupacional o de formación de
empleados públicos, debiendo la persona aspirante acreditar tal extremo.
Se considerarán a estos efectos los cursos de formación continua impartidos por las
organizaciones sindicales y que se encuentren incluidos dentro de los respectivos
acuerdos con la Administración.
Asimismo, serán objeto de valoración aquellos cursos que por sus características
sean de reconocido prestigio en el ámbito profesional, cumpliendo con los requisitos de
aprovechamiento en su caso.
No serán objeto de valoración los cursos cuyo contenido haya quedado obsoleto por
razones técnicas, normativas o cualquier otra circunstancia.
En ningún caso se puntuarán en el presente apartado los cursos de valenciano y de
idiomas, ni los cursos pertenecientes a una carrera universitaria, cursos de doctorado y
los de diferentes institutos de las universidades cuando formen parte del plan de estudios
del centro, ni los cursos derivados de procesos selectivos, promoción interna, planes de
empleo y adaptación del régimen jurídico a la naturaleza de los puestos que se ocupan.
5.4
Carrera Profesional:
En este apartado se puntuarán los periodos evaluados satisfactoriamente en
aplicación del sistema de carrera profesional horizontal y la evaluación del desempeño
del personal funcionario de esta Universitat, con un máximo de 2 puntos, que se
obtendrá de la suma, en su caso, de la valoración de los siguientes tramos:
–
–
–
–
GDP I o DPCR I: máximo de 0,5 puntos.
GDP II o DPCR II: máximo de 0,5 puntos.
GDP III o DPCR III: máximo de 0,5 puntos.
GDP IV o DPCR IV: máximo de 0,5 puntos.
Baremo (turno libre)
1.
Experiencia profesional
Se valorará hasta un máximo de 8 años y 26 puntos la experiencia profesional en
puestos de trabajo correspondientes a la misma categoría o similares de acuerdo con las
funciones desempeñadas, grupo y subgrupo de las vacantes especificadas en la
cve: BOE-A-2023-25608
Verificable en https://www.boe.es
ANEXO III