II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2023-25607)
Resolución de 30 de noviembre de 2023, de la Universitat Politècnica de València, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso, por el sistema general de acceso libre, a la categoría de Técnico/a Superior.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 18 de diciembre de 2023
Sec. II.B. Pág. 166818
14.8 El órgano técnico de selección tendrá la consideración de órgano colegiado de
la Administración, y como tal estará sometido a las normas contenidas en la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
En virtud de esta ley podrá constituirse, convocar y celebrar sus sesiones, adoptar
acuerdos y remitir las actas de sus reuniones, tanto de forma presencial como a
distancia. Si el órgano técnico de selección optase por esta opción de actuaciones no
presenciales, utilizara los medios electrónicos, con respeto a lo establecido en los
artículos 17 y 18 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público.
15.
Recursos
15.1 Contra la presente convocatoria y sus bases, que ponen fin a la vía
administrativa, la persona interesada podrá interponer recurso contencioso administrativo
ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente, en el plazo de dos
meses contados desde el día siguiente al de la publicación en el « Diari Oficial de la
Generalitat Valenciana». Asimismo, con carácter potestativo, se podrá interponer recurso
de reposición, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación en el
«Diari Oficial de la Generalitat Valenciana», ante el mismo órgano que ha dictado la
resolución. Todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 112, 114, 115,
123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas y los artículos 8, 14.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
15.2 Contra los actos del órgano técnico de selección, que no ponen fin a la vía
administrativa, se podrá interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes contado a
partir del día siguiente al de la notificación o publicación, todo ello de conformidad con lo
dispuesto en los artículos 121 y 122, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Este recurso se
podrá interponer ante el órgano que dictó el acto que se impugna o ante el rector como
órgano competente para resolverlo.
Valencia, 30 de noviembre de 2023.–El Rector, José Esteban Capilla Romá.
ANEXO I
Número de plazas: Una. Denominación de la plaza: Técnico/a Superior. Titulación:
Licenciado o Graduado en Marketing, Licenciado o Graduado en Relaciones Públicas y
Publicidad y Licenciado en Ciencias de la Información, especialidad en Publicidad y
Relaciones Públicas. Área: Marketing, relaciones públicas y publicidad. Localidad:
Valencia.
Funciones generales:
– Definir y ejecutar planes de marketing.
– Diseñar y hacer el seguimiento de las acciones necesarias para el desarrollo de la
comunicación corporativa y la reputación institucional.
– Crear y desarrollar operaciones destinadas a la atracción de futuro alumnado.
– Gestionar la ejecución de las campañas de publicidad online y offline de la
Universitat Politècnica de València.
– Desarrollar estrategias y acciones de marketing online, mail marketing e inbound
marketing a través de aplicaciones de marketing automation y CRM.
– Asistir a eventos promocionales de la universidad y atender ferias nacionales e
internacionales.
– Mejorar los materiales corporativos y promocionales.
– Ejecutar campañas de captación de fondos y talento para la Oficina de Mecenazgo
de la UPV.
– Gestionar la plataforma de mecenazgo y coordinar la organización de eventos.
cve: BOE-A-2023-25607
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 301
Lunes 18 de diciembre de 2023
Sec. II.B. Pág. 166818
14.8 El órgano técnico de selección tendrá la consideración de órgano colegiado de
la Administración, y como tal estará sometido a las normas contenidas en la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
En virtud de esta ley podrá constituirse, convocar y celebrar sus sesiones, adoptar
acuerdos y remitir las actas de sus reuniones, tanto de forma presencial como a
distancia. Si el órgano técnico de selección optase por esta opción de actuaciones no
presenciales, utilizara los medios electrónicos, con respeto a lo establecido en los
artículos 17 y 18 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público.
15.
Recursos
15.1 Contra la presente convocatoria y sus bases, que ponen fin a la vía
administrativa, la persona interesada podrá interponer recurso contencioso administrativo
ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente, en el plazo de dos
meses contados desde el día siguiente al de la publicación en el « Diari Oficial de la
Generalitat Valenciana». Asimismo, con carácter potestativo, se podrá interponer recurso
de reposición, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación en el
«Diari Oficial de la Generalitat Valenciana», ante el mismo órgano que ha dictado la
resolución. Todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 112, 114, 115,
123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas y los artículos 8, 14.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
15.2 Contra los actos del órgano técnico de selección, que no ponen fin a la vía
administrativa, se podrá interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes contado a
partir del día siguiente al de la notificación o publicación, todo ello de conformidad con lo
dispuesto en los artículos 121 y 122, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Este recurso se
podrá interponer ante el órgano que dictó el acto que se impugna o ante el rector como
órgano competente para resolverlo.
Valencia, 30 de noviembre de 2023.–El Rector, José Esteban Capilla Romá.
ANEXO I
Número de plazas: Una. Denominación de la plaza: Técnico/a Superior. Titulación:
Licenciado o Graduado en Marketing, Licenciado o Graduado en Relaciones Públicas y
Publicidad y Licenciado en Ciencias de la Información, especialidad en Publicidad y
Relaciones Públicas. Área: Marketing, relaciones públicas y publicidad. Localidad:
Valencia.
Funciones generales:
– Definir y ejecutar planes de marketing.
– Diseñar y hacer el seguimiento de las acciones necesarias para el desarrollo de la
comunicación corporativa y la reputación institucional.
– Crear y desarrollar operaciones destinadas a la atracción de futuro alumnado.
– Gestionar la ejecución de las campañas de publicidad online y offline de la
Universitat Politècnica de València.
– Desarrollar estrategias y acciones de marketing online, mail marketing e inbound
marketing a través de aplicaciones de marketing automation y CRM.
– Asistir a eventos promocionales de la universidad y atender ferias nacionales e
internacionales.
– Mejorar los materiales corporativos y promocionales.
– Ejecutar campañas de captación de fondos y talento para la Oficina de Mecenazgo
de la UPV.
– Gestionar la plataforma de mecenazgo y coordinar la organización de eventos.
cve: BOE-A-2023-25607
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 301