II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2023-25604)
Resolución de 29 de noviembre de 2023, de la Universitat Politècnica de València, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso, por el sistema de promoción interna, a la categoría de Facultativos de Archivos, Biblioteca y Museos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 301

Lunes 18 de diciembre de 2023

Sec. II.B. Pág. 166746

Se reconocerán los títulos, diplomas y certificados expedidos por las escuelas
oficiales de idiomas, por las universidades españolas acreditadas por la Asociación de
Centros de Lenguas en la Enseñanza Superior (CertAcles), así como los indicados en la
normativa vigente en materia lingüística, pudiéndose acceder a dicha información a
través del enlace siguiente:
https://cdl.upv.es/el-centro/normativa.
La baremación para las lenguas oficiales contempladas en este apartado será la
siguiente:
Nivel

Puntuación

C2

2,0

C1

1,6

B2

1,2

B1

0,8

A2

0,4

Para la valoración de estas lenguas oficiales comunitarias, en ningún caso se
considerarán los cursos superados de idiomas incluidos en los planes de estudios de
bachiller elemental, graduado escolar, formación profesional, bachiller superior y de
estudios universitarios de cualquier nivel.
Las equivalencias de estudios establecidas de acuerdo con la legislación actual, con
respecto a los niveles de certificación de competencia lingüística, se pueden consultar en
el siguiente enlace:
https://www.acles.es/216-tablas-de-certificados-reconocidos-por-acles.
Todos aquellos certificados susceptibles de equivalencia, deberán ser tramitados por
la persona interesada, antes de la finalización del plazo de presentación de instancias de
esta convocatoria.
En caso de estar en posesión de certificados de dos o más niveles, de un mismo
idioma, se valorará únicamente el certificado de mayor nivel:
En aquellos supuestos en que figure como requisito específico para su acceso un
determinado nivel de conocimiento de alguno de estos idiomas únicamente serán
considerados los certificados de un nivel superior a este.
Impartición de cursos de formación y perfeccionamiento:

Se valorarán hasta un máximo de 1,5 puntos únicamente los cursos de formación y
perfeccionamiento impartidos en centros oficialmente reconocidos, o si están
homologados por un organismo público competente en el marco de programas de
formación continua, de formación ocupacional o de formación de empleados públicos,
debiendo la persona aspirante acreditar tal extremo.
Se considerarán a estos efectos los cursos de formación continua impartidos por las
organizaciones sindicales y que se encuentren incluidos dentro de los respectivos
acuerdos con la Administración.
Por cada veinticinco horas de impartición se valorará con 0,75 puntos.
En este supuesto de cursos impartidos, estos se valorarán por una sola vez, no
siendo susceptibles de ser valoradas sucesivas ediciones de un mismo curso o con el
mismo contenido, valorándose en este caso el curso impartido de mayor duración.
En ningún caso se puntuarán en el presente apartado los cursos de valenciano y de
idiomas, ni los cursos pertenecientes a una carrera universitaria, cursos de doctorado y
los de diferentes institutos de las universidades cuando formen parte del plan de estudios

cve: BOE-A-2023-25604
Verificable en https://www.boe.es

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