II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-25585)
Resolución 29 de noviembre de 2023, de la Universidad Complutense de Madrid, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 301

Lunes 18 de diciembre de 2023

Puesto

Suplente
Vocal
Suplente
Vocal
Suplente
Vocal
Suplente

Apellidos y nombre

Sec. II.B. Pág. 166509

Cuerpo

Universidad

REGUEIRO GONZÁLEZ-BARROS,
JOSÉ RAMÓN.

CU

UCM.

CORELL ALMUZARA, ALFREDO.

CU

UNIVERSIDAD DE SEVILLA.

MUÑOZ BLANCO, EDUARDO.

CU

UNIVERSIDAD DE
CÓRDOBA.

ALMEIDA PARRA, JULIA MARÍA.

CU

UNIVERSIDAD DE
SALAMANCA.

SUÁREZ DÍAZ, ANA MARÍA.

CU

UNIVERSIDAD DE OVIEDO.

TARAZONA LAFARGA, MARÍA RAQUEL.

CU

UNIVERSIDAD DE
EXTREMADURA.

GONZÁLEZ RODRÍGUEZ, SEGUNDO.

CU

UNIVERSIDAD DE OVIEDO.

ANEXO III
Criterios de valoración del currículum vítae
1. Criterio general: Actividad docente. La puntuación máxima que se puede obtener
en este criterio estará comprendida entre 35 y 45 puntos.
Se tendrán en cuenta los siguientes méritos:
– La trayectoria docente.
– Dedicación a tiempo completo o a tiempo parcial en la Universidad
– Número y diversidad de asignaturas impartidas.
– Elaboración de material docente original.
– Proyectos de innovación docente.
– Dirección de proyectos fin de carrera, tesinas, trabajos fin de master, DEAS
– Otros méritos relacionados con la actividad docente (La puntuación máxima de
este apartado no podrá superar el 10% de la asignada al criterio general).

– Publicaciones científicas, creaciones artísticas profesionales, etc., atendiendo a su
relevancia y calidad en el ámbito de conocimiento y, en su caso, al perfil de la plaza
objeto de concurso.
– Ponencias y comunicaciones a congresos.
– Dirección y participación en proyectos competitivos de investigación.
– Dirección y participación en otros proyectos y contratos de investigación.
– Dirección de tesis doctorales y de otros trabajos de investigación.
– Patentes y productos con registro de propiedad intelectual, transferencia de
conocimiento al sector productivo, creación de EBT, etc.
– Estancias en centros de investigación de más de un mes.
– Colaboraciones internacionales.
– Otros méritos relacionados con la actividad investigadora. (La puntuación máxima
de este apartado no podrá superar el 10% de la asignada al criterio general).
3. Criterio General: Experiencia en gestión y administración educativa, científica y
tecnológica; actividad profesional. La puntuación máxima que se puede obtener en este
criterio estará comprendida entre 10 y 15 puntos.

cve: BOE-A-2023-25585
Verificable en https://www.boe.es

2. Criterio General: Actividad investigadora. La puntuación máxima que se puede
obtener en este criterio estará comprendida entre 35 y 45 puntos, no pudiendo ser
inferior a la establecida en el criterio 1.
Se tendrán en cuenta los siguientes méritos: