II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-25582)
Resolución de 28 de noviembre de 2023, de la Universidad de Valladolid, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 301

Lunes 18 de diciembre de 2023

Sec. II.B. Pág. 166439

Todos los concursos podrán resolverse con la no provisión de la plaza o plazas
convocadas.
7.2 Quienes siendo concursantes no hayan sido propuestos para ser nombrados
para la plaza no podrán alegar ningún derecho sobre plazas vacantes.
7.3 La propuesta de provisión, será publicada por la respectiva Comisión de
Selección, en el Tablón Electrónico Anuncios de la Universidad de Valladolid.
Formulada la propuesta, quien ejerza las funciones de Secretario de la Comisión, en
el plazo de los cinco días hábiles siguientes al de finalización de las actuaciones de
aquélla, remitirá a través del procedimiento electrónico establecido el expediente
administrativo del concurso. A su vez se remitirá a la Sección de Provisión de Efectivos,
un ejemplar del historial docente, académico e investigador y los documentos y trabajos
presentados; un ejemplar del proyecto docente e investigador, así como, un ejemplar del
resumen del trabajo original de investigación expuesto por las personas candidatas en la
segunda prueba. Esta documentación, una vez finalizado el concurso y firme la
resolución del mismo, les podrá ser devuelta si así lo solicitan.
7.4 Las personas candidatas, específicamente, podrán acceder a los informes o
valoraciones efectuadas por los miembros de la Comisión y tendrán derecho a la expedición
de las correspondientes copias, previo abono de los precios públicos exigibles.
7.5 Contra la propuesta de provisión de la Comisión de Acceso, aquellas personas
que hayan sido admitidas al concurso podrán presentar reclamación, ante el Rector de la
Universidad, en el plazo máximo de diez días hábiles contados desde el día siguiente al
de su publicación en el Tablón Electrónico de Anuncios de la Universidad de Valladolid.
Admitida a trámite la reclamación, se suspenderán los nombramientos hasta su
resolución definitiva. Esta reclamación será valorada por la Comisión de Reclamaciones
de la Universidad de Valladolid contemplada en el artículo 151.3 de los Estatutos de la
Universidad y conforme a los criterios previstos en el apartado 4 de este mismo artículo.
La Comisión garantizará la igualdad de las oportunidades de las personas aspirantes en
relación con el procedimiento seguido y el respeto a los principios de mérito y capacidad
de los mismos, sin que en ningún caso la actuación de la Comisión pueda sustituir
valoraciones de fondo sobre la idoneidad de quienes aspiren a las plazas convocadas.
La Comisión de Reclamaciones dispondrá de tres meses para ratificar o no la propuesta
objeto de reclamación. Sus acuerdos, salvo manifiesta ilegalidad, serán vinculantes para el
Rector, cuyas resoluciones agotan la vía administrativa y serán impugnables directamente
ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. De no dictarse resolución expresa en plazo,
la persona reclamante podrá entender desestimada su reclamación a los efectos de
interponer los recursos judiciales que estime pertinentes.
Si la resolución no ratificase la propuesta, se retrotraerá el expediente al momento en
que se produjo el vicio, debiendo la Comisión de Acceso formular nueva propuesta.
8.

Presentación de documentos y nombramientos

a) Fotocopia compulsada del título académico requerido para la plaza para la que
ha sido propuesta.
b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a, mediante expediente
disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos
constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación
absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al
cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban
en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de
ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido

cve: BOE-A-2023-25582
Verificable en https://www.boe.es

8.1 Las personas candidatas propuestas para la provisión de plazas deberán
presentar en los veinte días hábiles siguientes a la conclusión de la actuación de la
Comisión, preferentemente por vía telemática o por cualquiera de los medios señalados
en el artículo 16.4 de la LPAC, los siguientes documentos: