II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-25594)
Resolución de 1 de diciembre de 2023, de la Universidad de Salamanca, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
13 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 301

Lunes 18 de diciembre de 2023

Sec. II.B. Pág. 166608

6.4.2 Los concursantes que no hayan sido propuestos para ser nombrados para la
plaza no podrán alegar ningún derecho sobre plazas vacantes, cualquiera que sea la
Universidad a la que pertenezcan las mismas.
6.4.3 Formulada la propuesta, el Secretario de la Comisión, en el plazo de los cinco
días naturales siguientes al de finalización de las actuaciones de aquella, entregará en el
Servicio de Personal Docente e Investigador de la Universidad, el expediente
administrativo del concurso, incluidos el historial académico y los demás documentos y
trabajos presentados por los aspirantes.
6.5

Reclamación contra la propuesta de provisión.

6.5.1 Contra las propuestas de las comisiones de los concursos de acceso, los
concursantes podrán presentar reclamación ante el Rector, en el plazo de diez días.
Admitida a trámite la reclamación, se suspenderán los nombramientos hasta su
resolución. La reclamación será valorada por una comisión compuesta por siete
catedráticos y catedráticas de universidad pertenecientes a diversos ámbitos del
conocimiento, designados por el Claustro Universitario, con amplia experiencia docente e
investigadora. La Comisión de reclamaciones oirá a los miembros de la comisión contra
cuya propuesta se hubiera presentado la reclamación, y a los candidatos que hubieran
participado en las mismas.
Esta Comisión examinará el expediente relativo al concurso para velar por las
garantías establecidas y ratificará o no la propuesta reclamada en el plazo máximo de
tres meses, tras lo que el Rector dictará la resolución de acuerdo con la propuesta de la
Comisión. El transcurso del plazo establecido sin resolver se entenderá como rechazo de
la reclamación presentada.
6.5.2 Las resoluciones del Rector a que se refiere el apartado anterior de este
artículo agotan la vía administrativa y serán impugnables directamente ante la
jurisdicción contencioso-administrativa, de acuerdo con lo establecido en la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
7.

Presentación de documentación, nombramientos, publicidad e incorporación

7.1

Presentación de documentos.

a) Certificado médico oficial de no padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico
que impida el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor de Universidad.
b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente
disciplinario, del Servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los
órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial,
para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las
que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o
inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en
situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que
impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
c) Declaración de no estar afectado de incompatibilidad o ejercicio de opción en el
caso de venir desempeñando alguna actividad pública o percibiendo alguna pensión.
(Impresos normalizados que podrá obtener en la página web del Servicio de Personal
Docente e Investigador, http://www.usal.es/node/27745).

cve: BOE-A-2023-25594
Verificable en https://www.boe.es

7.1.1 Los candidatos propuestos para la provisión de plazas deberán presentar en
los veinte días hábiles siguientes al de la conclusión de la actuación de la Comisión, de
acuerdo con lo establecido en el Acuerdo Normativo sobre Organización y
Funcionamiento del Registro Único automatizado de la Universidad de Salamanca
(BOCyL de 9 de junio de 2000), y también según lo establecido en el artículo 16 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, los siguientes documentos: