II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-25592)
Resolución de 1 de diciembre de 2023, de la Universidad de La Rioja, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 18 de diciembre de 2023

Sec. II.B. Pág. 166581

presentando en la sede electrónica, a través del procedimiento «Instancia General», los
siguientes documentos:
a) Declaración responsable de poseer la capacidad funcional para el desempeño
de las tareas inherentes al puesto.
b) Declaración responsable de no haber sido separado de ninguna Administración
pública en virtud de expediente disciplinario, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de la
función pública. Los concursantes que no posean la nacionalidad española deberán
acreditar no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impidan, en su
Estado, el acceso a la función pública, de conformidad con lo establecido en el
artículo 7.2 del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo.
En caso de que el concursante propuesto no presente oportunamente la
documentación requerida, el Rector procederá al nombramiento del siguiente concursante
en el orden de valoración formulado, siempre que acredite cumplir los requisitos exigidos.
7.2 El nombramiento será igualmente comunicado al correspondiente registro a
efectos de otorgamiento del número de Registro de Personal e inscripción en el cuerpo
respectivo, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial de La
Rioja», y comunicado a la Secretaría General del Consejo de Universidades.
7.3 El nombramiento especificará la denominación de la plaza: Cuerpo y área de
conocimiento.
7.4 En el plazo máximo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente de la
publicación del nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado», el candidato propuesto
deberá tomar posesión de su destino, momento en que adquirirá la condición de
funcionario de carrera del cuerpo docente universitario de que se trate, con los derechos
y deberes que le son propios.
7.5 La plaza obtenida tras el concurso de acceso deberá desempeñarse durante
dos años, al menos, antes de poder participar en un nuevo concurso para obtener una
plaza en otra universidad.
8.

Reclamaciones

8.1 Contra la propuesta de la Comisión de Selección, los candidatos podrán
presentar reclamación, en el plazo máximo de diez días hábiles, ante el Rector, a contar
desde el siguiente al de la publicación de la propuesta de provisión, o no provisión, de la
plaza en el tablón oficial electrónico de la Universidad de La Rioja.
8.2 Admitida a trámite la reclamación, se suspenderá el nombramiento hasta su
resolución.
8.3 La reclamación será valorada por una comisión compuesta por siete
catedráticos de universidad pertenecientes a diversos ámbitos del conocimiento,
designados en la forma que establezcan los estatutos, con amplia experiencia docente e
investigadora.
8.4 Las resoluciones de la Comisión de Reclamaciones serán vinculantes para el
Rector, cuyas resoluciones agotan la vía administrativa y serán impugnables directamente
ante la jurisdicción contencioso-administrativa, de acuerdo con lo establecido en su ley
reguladora.
9.

Normas finales

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer
recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Contencioso-Administrativo de
Logroño, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación
en el «Boletín Oficial del Estado». No obstante, puede optarse por interponer recurso de
reposición ante el Rector de la Universidad de La Rioja, en el plazo de un mes, contado
desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial
del Estado», en cuyo caso no podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo

cve: BOE-A-2023-25592
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Núm. 301