III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-25620)
Resolución de 1 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se corrigen errores en la de 4 de octubre de 2023, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque solar fotovoltaico Magerit FV3, de 287 MWp y 239,47 MW de potencia instalada, y de su infraestructura de evacuación asociada, en la provincia de Toledo".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 301

Lunes 18 de diciembre de 2023

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y 18,77 km soterrados, mientras que el nuevo trazado se caracteriza por 12,71 km en
aéreo y 19,11 km soterrados», debe decir: «El trazado de la línea de evacuación se
modifica, pasando de una longitud total inicial de 28,47 km a 28,96 km. La línea original
contaba con 9,70 km en aéreo y 18,77 km soterrados, mientras que el nuevo trazado se
caracteriza por 9,85 km en aéreo y 19,11 km soterrados».
Cuarta.
En el apartado Fundamentos de Derecho (Sec. III. Página 145019) donde dice: «En
consecuencia, esta Dirección General, a la vista de la propuesta de la Subdirección
General de Evaluación Ambiental, formula declaración de impacto ambiental a la
realización del proyecto «Parque solar fotovoltaico Magerit FV3, de 287 MWp y 239,47
MW de potencia instalada, y de su infraestructura de evacuación asociada, en la
provincia de Toledo» en la que se establecen las condiciones ambientales, incluidas las
medidas preventivas, correctoras y compensatorias, que resultan de la evaluación
ambiental practicada y se exponen a continuación, en las que se debe desarrollar el
proyecto para la adecuada protección del medio ambiente y los recursos naturales, lo
cual no exime al promotor de la obligación de obtener todas las autorizaciones
ambientales o sectoriales que resulten legalmente exigibles», debe decir: «En
consecuencia, esta Dirección General, a la vista de la propuesta de la Subdirección
General de Evaluación Ambiental, formula declaración de impacto ambiental a la
realización del proyecto «Parque solar fotovoltaico Magerit FV3, de 287 MWp y 239,47
MW de potencia nominal, y de su infraestructura de evacuación asociada, en la provincia
de Toledo» en la que se establecen las condiciones ambientales, incluidas las medidas
preventivas, correctoras y compensatorias, que resultan de la evaluación ambiental
practicada y se exponen a continuación, en las que se debe desarrollar el proyecto para
la adecuada protección del medio ambiente y los recursos naturales, lo cual no exime al
promotor de la obligación de obtener todas las autorizaciones ambientales o sectoriales
que resulten legalmente exigibles».
Quinta.
Los croquis (Sec. III. páginas 145036 y 145037) deben ser sustituidos por los que se
acompañan con esta corrección de errores.

cve: BOE-A-2023-25620
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 1 de diciembre de 2023.–La Directora General de Calidad y Evaluación
Ambiental, Marta Gómez Palenque.