V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. (BOE-B-2023-38015)
Anuncio de la Dependencia de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Santa Cruz de Tenerife por el que se somete a información pública la solicitud de autorización administrativa previa del proyecto parque eólico marino Granadilla y su infraestructura de evacuación, así como su Estudio de Impacto Ambiental.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 301

Lunes 18 de diciembre de 2023

Sec. V-B. Pág. 61608

unos 40-45m de diámetro y una altura de canto de unos 8 a 10m, sobre la que se
asienta una torre híbrida, de hormigón hasta la plataforma de acceso, que se
situará una vez emplazada en su posición final, entre 10 y 15 metros sobre el nivel
del mar, y que sirve de transición entre el hormigón de la cimentación y la torre de
acero.
Con estas dimensiones, la zona de ocupación de cada cimentación en el fondo
marino estará en torno a los 1.590 m² de ocupación.
· Subestación eléctrica
La conexión del parque eólico marino a la red de transporte de Red Eléctrica
Española (REE) se prevé a través de la Subestación Abona 220kV.
· Líneas de evacuación
Se interconectarán todos los aerogeneradores con cable marino a 66 kV para
posteriormente ir en dirección al puerto. Al llegar dicho cable marino a tierra,
entrará en una arqueta de transición dónde se empalma con cable terrestre (a 66
kV) y dese ahí en zanja hasta conectar con la Subestación elevadora. En dicha
subestación, la tensión se incrementará a 220 kV, así mismo debe considerarse
como parte integrante de la subestación, toda la apartamenta eléctrica de potencia,
sistema de protección y de control, comunicación y facturación y circuitos auxiliares
en baja tensión que sean necesarios para el correcto funcionamiento de la
subestación.
Considerando este esquema de evacuación, se estima que el cable terrestre
tendrá una longitud aproximada de 1.400 m, mientras que el cable marino estaría
entre 4.850 a 5.800 metros dependiendo de la disposición final.
· Localización
La zona propuesta para la instalación del parque eólico está dentro del
Dominio Público Portuario, perteneciente a la Autoridad de Santa Cruz de Tenerife,
en aguas definidas como Zona II del puerto de Granadilla, que se extiende desde
el puerto actual hasta la punta del Sordo hacia el noreste y dos millas mar adentro
hacia el sureste.
· Potencia total 50 MW

El órgano competente para resolver la solicitud de la autorización
administrativa previa es la Dirección General de Política Energética y Minas,
perteneciente al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico,
correspondiendo a la Dependencia de Industria y Energía de la Subdelegación del
Gobierno en Santa Cruz de Tenerife la tramitación del expediente administrativo
correspondiente de acuerdo con lo establecido en el artículo 113 del RD 1955/
2000.
El órgano ambiental competente para emitir la declaración de impacto
ambiental es la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio
para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
La autorización administrativa del presente proyecto, cuya solicitud ha

cve: BOE-B-2023-38015
Verificable en https://www.boe.es

Presupuesto total: Ciento tres millones setecientos setenta y un mil trescientos
sesenta y siete euros (103.771.367 €)