III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE SANIDAD. Convenios. (BOE-A-2023-25536)
Resolución de 7 de diciembre de 2023, de la Secretaría de Estado de Sanidad, por la que se publica el Convenio entre la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios y la Sociedad Española de Farmacéuticos de Atención Primaria, por el que se canaliza la subvención nominativa establecida en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 para promover la mejora del conocimiento sobre el uso de los antimicrobianos en el ámbito de la atención primaria y establecer y validar indicadores de consumo de antibióticos antimicrobianos en atención primaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 300

Sábado 16 de diciembre de 2023

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– Desarrollar un Plan estratégico de comunicación, formación y educación.
– Fomentar la aplicación efectiva de la legislación nacional que impida la
dispensación ilegal de agentes antibióticos tanto en el sector de la salud humana como
en el veterinario.
Tercero.
Que la Sociedad Española de Farmacia de Atención Primaria (en adelante la SEFAP)
es una organización científica, privada, activa y profesional, sin ánimo de lucro, que
pretende optimizar la selección y utilización de los medicamentos en el ámbito de la
atención primaria para conseguir los mejores los resultados en salud de las personas.
Que en virtud del artículo 6 de su Estatuto, la SEFAP está integrada por licenciados
en Farmacia que desarrollen su actividad científica o profesional en el ámbito de la
atención primaria, en el campo profesional del medicamento, y está dotada de plena
personalidad jurídica y capacidad de obrar.
Cuarto.
Que el artículo 4 del Estatuto de la SEFAP tiene como fines específicos los
siguientes:

Que, para el cumplimiento de los fines expuestos, la SEFAP, podrá organizar y
convocar cursos, congresos, seminarios o reuniones de cualquier tipo, científicas o
técnicas, dentro del campo de la Farmacia.
Quinto.
Que la SEFAP posee los conocimientos para el desarrollo y validación de indicadores
de consumo de antimicrobianos, así como con el diseño e implementación de
actuaciones encaminadas a la optimización de la terapia antimicrobiana como son el
asesoramiento a los profesionales sanitarios sobre su correcta utilización, la elaboración

cve: BOE-A-2023-25536
Verificable en https://www.boe.es

1. Agrupar a todos los farmacéuticos que tengan interés o vinculación con el ámbito
de la atención primaria, en el campo profesional del medicamento, y desarrollan su
actividad en el marco de las instituciones sanitarias públicas o privadas, o en entes
territoriales de gestión sanitaria.
2. Promover la creación del farmacéutico de atención primaria como profesional
legalmente establecido.
3. Promover y fomentar la creación de la especialidad de farmacéuticos de atención
primaria y establecer los criterios formativos de la especialidad.
4. Dar respuesta u orientación a las necesidades profesionales y de formación
expresada por sus asociados mediante la organización de cursos, congresos, seminarios
o reuniones de carácter científico o técnico.
5. Conocer la realidad actual del colectivo de farmacéuticos de atención primaria.
6. Promover la investigación científica en todos los campos relacionados con el uso
de medicamentos en atención primaria.
7. Representar y defender los intereses de sus miembros en el marco de las leyes y
delante de los organismos de las administraciones públicas sanitarias y docentes, y otros
organismos o entidades nacionales o internacionales, públicas o privadas.
8. Informar a los socios de los aspectos técnicos, legales o científicos que sean de
interés para los mismos.
9. Actuar como órgano consultivo sobre la normativa que afecte al medicamento y/o
a los servicios farmacéuticos de atención primaria.
10. Emitir dictámenes o informes a petición de organismos públicos, tribunales de
justicia o entidades científicas.
11. Establecer relaciones con otras sociedades de profesionales de la salud y en
especial con aquellas que tienen su ámbito de trabajo en la atención primaria de la salud.