V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. (BOE-B-2023-37577)
Resolución de la Presidencia de la Confederación Hidrográfica del Tajo sobre aprobación de las Tarifas de Utilización del Agua da la Z.R. del Alberche. Año 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 299

Viernes 15 de diciembre de 2023

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MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO

37577

Resolución de la Presidencia de la Confederación Hidrográfica del Tajo
sobre aprobación de las Tarifas de Utilización del Agua da la Z.R. del
Alberche. Año 2024.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 309 del Real Decreto 849/1986,
de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público
Hidráulico, y una vez finalizado el periodo de información pública y no haberse
presentado ninguna reclamación al respecto, esta Presidencia ha resuelto aprobar
el siguiente valor.
SECTORES I AL X
· Tarifa de Utilización del Agua para riego (€/ha). ..62,12
· Tarifa de Utilización del Agua para usos varios distintos de riego (€/m3).
...0,006803
SECTOR XI
· Tarifa de Utilización del Agua para riego (€/ha). ..70,00
· Tarifa de Utilización del Agua para usos varios distintos de riego (€/m3).
...0,007667
TARIFA CORRALEJO
· Tarifa de Utilización del Agua para riego (€/ha). ....49,17
· Tarifa de Utilización del Agua para usos varios distintos de riego (€/m3).
...0,005386
ABASTECIMIENTO A TALAVERA DE LA REINA Y SU ZONA
· Tarifa de Utilización del Agua para usos varios distintos de riego (€/m3).
..0,006614

A propuesta del Director Técnico, Álvaro Martínez Dietta
Madrid, 6 de octubre de 2023.- El Presidente, Antonio Yáñez Cidad.
ID: A230048034-1

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D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-B-2023-37577
Verificable en https://www.boe.es

Conforme a lo dispuesto en el artículo 115 del Real Decreto Legislativo 1/2001,
de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas, la
presente resolución tiene carácter económico-administrativo, por lo que podrá
interponerse contra la misma recurso potestativo de reposición o reclamación
económico-administrativa para su remisión, esta última ante el Tribunal
Económico-Administrativo Regional, sin que sea posible simultanear estas dos vías
de impugnación. Ambos recursos deberán dirigirse a la Confederación Hidrográfica
del Tajo y presentarse dentro del mes siguiente a la publicación de la presente
Resolución.