III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE SANIDAD. Convenios. (BOE-A-2023-25483)
Resolución de 5 de diciembre de 2023, de la Secretaría de Estado de Sanidad, por la que se publica el Convenio entre la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios y la Sociedad Española de Medicina Intensiva, Crítica y Unidades Coronarias, por el que se canaliza la subvención nominativa establecida en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, para el establecimiento de proyectos de seguridad del paciente "Tolerancia Zero" en pacientes críticos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 299

Viernes 15 de diciembre de 2023
Undécima.

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Comisión de Seguimiento.

Se crea una Comisión de seguimiento, de carácter paritario, del presente convenio
que, además de resolver las posibles dudas que sobre interpretación puedan surgir
durante el desarrollo del convenio, vigilará y controlará las actividades descritas:
– Por parte de la AEMPS:
• La persona titular del puesto de la Jefatura de Unidad de Apoyo, o persona en quien
delegue que ejercerá la presidencia de la Comisión
• La persona titular del puesto de Unidad de Coordinación del PRAN, o persona en
quien delegue que ejercerá la secretaría de la Comisión.
– Por parte de la SEMICYUC:
• La persona titular del puesto de Presidente, o persona en quien delegue.
• La persona titular del puesto de Secretario General, o persona en quien delegue.
Se llevará a cabo al menos una reunión anual con la SEMICYUC para monitorizar el
desarrollo de las actividades recogidas en este convenio
Se someterán a la Comisión de seguimiento las discrepancias que pudieran surgir en
la interpretación y cumplimiento del presente convenio.
La Comisión de seguimiento se reunirá siempre que lo estime conveniente cualquiera
de las partes firmantes.
Duodécima.

Plazo de vigencia y efectos.

El presente convenio se perfeccionará por la prestación del consentimiento de las
partes y resultará eficaz una vez sea publicado en el plazo de 10 días hábiles desde su
formalización en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE).
No obstante, lo anterior, el periodo de elegibilidad del gasto se inicia desde el 1 de
diciembre de 2022 al 30 de noviembre de 2023.
Decimotercera.

Naturaleza jurídica.

Y en prueba de conformidad de todo lo convenido las partes firman el presente
convenio en un único original electrónico, considerándose como fecha de formalización
la de la última firma.–Por la AEMPS, la Directora, María Jesús Lamas Díaz.–Por la
SEMICYUC, la Presidenta, Carola Giménez-Esparza Vich.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2023-25483
Verificable en https://www.boe.es

Este convenio se formaliza como instrumento para canalizar la subvención prevista
nominativamente para la SEMICYUC en los Presupuestos Generales del Estado para el
año 2023, de acuerdo con lo previsto en el artículo 22.2.a) de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones.
Por ello, dada la naturaleza administrativa de este convenio, el mismo se regirá por lo
estipulado entre las partes, sin perjuicio de la aplicación de los principios y criterios de la
citada Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y de su Reglamento de aplicación, aprobado por
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, para resolver dudas que pudieran presentarse.
La Jurisdicción Contencioso-Administrativa actuará como jurisdicción competente
para resolver las controversias que no pudieran solventarse en el seno de la Comisión
de Seguimiento en la interpretación y aplicación del presente convenio según establece
la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.