II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-25466)
Resolución de 28 de noviembre de 2023, conjunta de la Universidad de Sevilla y el Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca concurso de acceso a plaza vinculada de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 15 de diciembre de 2023

Sec. II.B. Pág. 165747

Asimismo, el Servicio de Programación Docente la publicará en el Tablón electrónico
oficial de la Universidad de Sevilla y, a título informativo, en la siguiente dirección: https://
docentes.us.es-Oferta de Empleo Público-PDI Laboral-Convocatoria.
Finalizado el concurso, y siempre que no se haya interpuesto ninguna reclamación
y/o recurso, el interesado podrá solicitar en el Servicio de Programación Docente la
retirada de la documentación en el plazo máximo de 6 meses desde la resolución del
concurso.
Transcurrido un mes después de dicho plazo, se procederá a la destrucción de la
documentación que no haya sido retirada.
Contra la propuesta de la Comisión juzgadora los candidatos podrán presentar
reclamación ante el Sr. Rector en el plazo máximo de diez días hábiles contados a partir
del siguiente al de su publicación. Dicha reclamación será valorada y tramitada conforme
a lo dispuesto en el artículo 87 del Estatuto de la Universidad de Sevilla. Admitida a
trámite la reclamación, se suspenderá el nombramiento del candidato o candidatos
contra quienes fuera dirigida hasta la resolución de la misma.
9. Documentación a presentar por los candidatos propuestos
Los candidatos propuestos para la provisión de las plazas deberán presentar en el
Servicio de Gestión de Personal Docente, en los veinte días hábiles siguientes a la
conclusión de la actuación de la Comisión, la siguiente documentación:
a) Copia del DNI o documento equivalente, de ser su nacionalidad distinta de la
española.
b) Certificado médico oficial de no padecer enfermedad ni defecto físico ni psíquico
que le incapacite para el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor de
Universidad, ni a Facultativo Especialista de Área.
c) Declaración jurada de no haber sido separado de la Administración del Estado,
Institucional o Local, ni de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, en virtud
de expediente disciplinario, y no hallarse inhabilitado para el ejercicio de la Función Pública
además de no encontrarse inhabilitado para el ejercicio de la profesión médica.Los
nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea o de algún Estado al que
en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por
España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, deberán acreditar, de
conformidad con lo establecido en el artículo 7.2 del Real Decreto 543/2001, de 18 de
mayo, no haber sido objeto de sanción disciplinaria o condena penal que impidan, en su
Estado, el acceso a la función pública.
d) Documentación acreditativa de reunir los requisitos del artículo 4 del Real
Decreto 1313/2007, de 5 de octubre, por el que se regula el régimen de los concursos de
acceso a cuerpos docentes universitarios.
Quien tuviera la condición de funcionario público de carrera en activo estará exento
de justificar tales documentos y requisitos, debiendo presentar certificación del Ministerio
u Organismo del que dependan, acreditativa de su condición de funcionario y cuantas
circunstancias consten en su hoja de servicios.
10. Nombramiento y toma de posesión
El nombramiento como funcionario docente de carrera será efectuado por el Sr.
Rector y por la Sra. Directora General de Personal después de que el candidato
propuesto haya dado cumplimiento a los requisitos y plazos establecidos en la base
anterior. El nombramiento especificará la denominación de la plaza, Cuerpos, área de
conocimiento y Departamento. Dicho nombramiento será publicado en el BOE y en el
BOJA y comunicado a la Secretaría General del Consejo de Universidades.
En el plazo máximo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente a la
publicación del nombramiento en el BOE, el candidato propuesto deberá tomar posesión

cve: BOE-A-2023-25466
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 299