II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-25465)
Resolución de 27 de noviembre de 2023, de la Universitat Politècnica de València, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 15 de diciembre de 2023

Sec. II.B. Pág. 165730

3.4 Para completar con éxito el proceso de solicitud, deberá realizar los siguientes
pasos dentro del plazo estipulado:
a) Identificarse electrónicamente en la Sede electrónica.
b) Acceder y cumplimentar el formulario electrónico de solicitud de admisión.
c) Pagar la tasa correspondiente (si procede, en función de su situación personal),
exclusivamente por esta aplicación, bien con tarjeta bancaria o en efectivo mediante el
recibo que expide la aplicación, dentro del plazo de presentación de solicitudes. No
aceptándose pagos por ningún otro medio.
d) La solicitud quedará registrada al finalizar el proceso.
3.5 No serán admitidas y, consecuentemente, quedarán excluidas del proceso
selectivo aquellas personas que, habiendo abonado la tasa no hayan registrado la
solicitud electrónicamente, sin perjuicio de lo que se indica seguidamente:
Excepcionalidad técnica:
Cuando por motivos técnicos excepcionales atribuibles a la Administración, no sea
posible completar los pasos anteriores por medios electrónicos durante un periodo
prolongado dentro del plazo estipulado, las personas interesadas podrán presentar su
solicitud por medios no electrónicos (anexo III).
3.6 El pago de esta tasa podrá realizarse en efectivo (mediante recibo bancario) o
con tarjeta de crédito.
En el caso de pago en efectivo el ingreso se efectuará utilizando el recibo emitido por
la aplicación mencionada.
El pago mediante tarjeta de crédito se realiza en el momento de cumplimentar la
instancia a través de la aplicación mencionada.
3.7 La falta de abono dentro del plazo de presentación de solicitudes, de la tasa de
admisión a este concurso determinará la exclusión de la persona aspirante, salvo que
concurran una de las circunstancias de exención o bonificación y se haga constar en la
solicitud de participación.
3.7.1 Los miembros de una familia numerosa de categoría especial o de una familia
monoparental de categoría especial. Para ello seleccionarán en el apartado de
Exenciones «Familia Numerosa Especial» de la solicitud.
3.7.2 Las víctimas de actos de violencia sobre la mujer que acrediten esta
condición mediante cualquiera de los medios de prueba previstos en la normativa
autonómica contra la violencia sobre la mujer en el ámbito de la Comunitat Valenciana.
Para ello seleccionarán en el apartado «otros» de la solicitud.
3.7.3 Las personas con diversidad funcional igual o superior al 33 %. Para ello
seleccionarán en el apartado de Exenciones «Diversidad Funcional» de la solicitud.
3.7.4 Las personas que estén en situación de exclusión social y esta se acredite
por el órgano competente en materia de bienestar social del ayuntamiento de residencia.
Para ello seleccionarán en el apartado de Exenciones «Otros» de la solicitud.
3.7.5 Bonificaciones: Los miembros de una familia numerosa de categoría general
o de una familia monoparental de categoría general, disfrutarán de una bonificación
del 50 % del importe total de la tasa. Para ello seleccionarán en el apartado de
Exenciones «Familia Numerosa General» de la solicitud.
3.7.6 Las personas que superen el proceso selectivo y hayan solicitado una de las
exenciones o bonificaciones establecidas en la base anterior, deberán presentar
fotocopia compulsada o cotejada de los documentos acreditativos de tal beneficio, dentro
del plazo de presentación de documentos, de conformidad con la base 11 de esta
convocatoria.

cve: BOE-A-2023-25465
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Núm. 299