V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS. (BOE-B-2023-37510)
Resolución de la Dirección General de Energía por la que se concede a Sistemas Energéticos Finca San Juan, S.L. Autorización Administrativa y Declaración, en concreto, de Utilidad Pública de la instalación Parque Eólico Finca San Juan, de 17,32 MW, en el término municipal de Arico. Expediente ER180014.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 14 de diciembre de 2023

Sec. V-B. Pág. 60881

modificación del vial y plataforma del aerogenerador FSJ01 por condicionado
ambiental de la DIA", que describe la modificación del viario y plataforma del
aerogenerador FSJ01 para evitar la afección sobre el yacimiento arqueológico
identificado como ARQ-007, dando cumplimiento al requerimiento del Servicio de
Patrimonio Histórico del Cabildo de Tenerife, con el fin de justificar que la referida
modificación no supone un aumento en los efectos negativos evaluados
inicialmente en el proyecto original.
2.6.- Con fecha 29/06/2023 se comunica el Acuerdo adoptado por la Comisión
Autonómica de Evaluación Ambiental, en relación con las modificaciones
planteadas en el marco del condicionante n.º 1 de la Declaración de Impacto
Ambiental de los proyectos acumulados denominados Parques Eólicos Tomillo y
Pocitos, de 20,79 MW de potencia unitaria, y Finca San Juan, de 17,32 MW".
Dicho Acuerdo, en relación al Proyecto Eólico Finca San Juan, analiza las
siguientes modificaciones:
1. Modificación de la ubicación del aerogenerador FSJ 01, del vial de acceso y
su línea de evacuación, por requerimiento del Servicio de Patrimonio Histórico del
Cabildo de Tenerife. El centro del aerogenerador se ha alejado unos 25 m del
Yacimiento Arqueológico ARQ-007 (Morra Tente) -todo lo técnicamente viable-.
2. Eliminación del área de plataforma de palas del aerogenerador FSJ 03 y
realización de una topografía de detalle para reubicar la plataforma y
aerogenerador (11m), para evitar la posible afección al Bien Etnográfico ETN-010
(Era), como consecuencia de los taludes del generador y plataforma de montaje,
por requerimiento del Servicio de Patrimonio Histórico del Cabildo de Tenerife.
3. Modificar el diseño de la plataforma del aerogenerador FSJ 04 y movimiento
a una nueva ubicación dentro de la misma parcela, para minimizar la afección al
invernadero existente. Esto ha supuesto una reducción de la afección al
invernadero en un 88% de su superficie.
4. Reducción de la afección del camino sobre la parcela 214 del polígono 10,
entre los aerogeneradores FSJ02 y FSJ03, reubicación del centro de control y del
apoyo eléctrico AP01. El camino modificado sigue la linde de la parcela reduciendo
la afección sobre ella, evitando la división de esta.
5. Modificación del trazado de la línea de evacuación que conecta con la SET
Laja Blanca, para alejarse del ENP T-15 "Montaña Centinela" y la ZEC 92_TF
"Montaña Centinela", llevándola por el borde de dichas figuras de protección.
El Acuerdo, respecto a las modificaciones indicadas, concluye:
"... que las modificaciones planteadas para el proyecto Parque Eólico Finca
San Juan, no tendrán efectos adversos significativos sobre el medio ambiente,
puesto que no suponen un incremento significativo de las emisiones a la
atmósfera, ni de los vertidos a cauces públicos o al litoral, ni de la generación de
residuos, ni en la utilización de recursos naturales, así como no tendrá una
afección a espacios naturales protegidos Red Natura 2000, o por normas
internacionales o nacionales, ni al patrimonio cultural."
Respecto a las modificaciones planteadas en relación con los proyectos
acumulados denominados "Parque Eólico Pocitos de 20,79 MW", "Parque Eólico
Tomillo de 20,79 MW", "Parque Eólico Finca San Juan de 17,32 MW" y la
"Subestación Eléctrica 20/220 kV Laja Blanca" asociadas a dicho parque eólico,

cve: BOE-B-2023-37510
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Núm. 298