III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE SANIDAD. Convenios. (BOE-A-2023-25412)
Resolución de 7 de diciembre de 2023, de la Secretaría de Estado de Sanidad, por la que se publica el Convenio entre la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios y la Sociedad Española de Medicina Preventiva, Salud Pública e Higiene, por el que se canaliza la subvención nominativa establecida en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 la vigilancia del uso de antimicrobianos y la prevalencia de la infección nosocomial en España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 298

Jueves 14 de diciembre de 2023
Novena.

Sec. III. Pág. 165450

Pago.

El importe de la subvención se abonará de una sola vez, en el plazo de un mes a
contar desde la finalización de las actuaciones contraídas y desde la aportación por la
Sociedad, a la AEMPS, de la siguiente documentación:
a) Anteproyecto de informe de Auditor que verificará que los gastos ocasionados
corresponden directamente con el objeto de la subvención.
b) Una memoria técnica con indicación de las actividades realizadas y sus
resultados.
c) Acreditación de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones
tributarias y frente a la Seguridad Social, así como no ser deudora por procedimientos de
reintegro, de acuerdo con lo establecido en los artículos 18, 19 y 21 del Reglamento de
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
d) Certificado de la cuenta bancaria.
Una vez presentada la documentación relacionada anteriormente y conformada por
la AEMPS, se procederá al abono del importe correspondiente.
Décima.

Comisión de seguimiento.

Se crea una Comisión de seguimiento, de carácter paritario, del presente convenio
que, además de resolver las posibles dudas que sobre interpretación puedan surgir
durante el desarrollo del convenio, vigilará y controlará las actividades descritas:
– Por parte de la AEMPS:
● La persona titular del puesto de la Jefatura de Unidad de Apoyo, o persona en
quien delegue que ejercerá la presidencia de la comisión.
● La persona titular del puesto de Unidad de Coordinación del PRAN, o persona en
quien delegue que ejercerá la secretaría de la comisión.
– Por parte de la SEMPSPH:
● La persona titular del puesto de Presidente, o persona en quien delegue.
● La persona titular del puesto de Secretario general, o persona en quien delegue.
Se llevará a cabo al menos una reunión anual con la SEMPSPH para monitorizar el
desarrollo de las actividades recogidas en este convenio.
Se someterán a la Comisión de seguimiento las discrepancias que pudieran surgir en
la interpretación y cumplimiento del presente convenio.
La Comisión de seguimiento se reunirá siempre que lo estime conveniente cualquiera
de las partes firmantes.
Plazo de vigencia y efectos.

El presente convenio se perfeccionará por la prestación del consentimiento de las
partes y resultará eficaz una vez sea publicado en el plazo de diez días hábiles desde su
formalización en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE).
No obstante, lo anterior, el periodo de elegibilidad del gasto se inicia desde el 1 de
diciembre de 2022 al 30 de noviembre de 2023.
Duodécima.

Naturaleza jurídica.

Este convenio se formaliza como instrumento para canalizar la subvención prevista
nominativamente para la SEMPSPH en los Presupuestos Generales del Estado para el
año 2023, de acuerdo con lo previsto en el artículo 22.2.a) de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones.

cve: BOE-A-2023-25412
Verificable en https://www.boe.es

Undécima.