III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Derecho de la Unión Europea. (BOE-A-2023-25400)
Resolución de 4 de diciembre de 2023, del Fondo Español de Garantía Agraria, O.A., por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 28 de noviembre de 2023, por el que se aprueba la terminación del procedimiento de repercusión de responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea iniciado a la Comunidad Autónoma de Cataluña el 20 de julio de 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 298

Jueves 14 de diciembre de 2023

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se repercuten los intereses compensatorios de los costes financieros, de acuerdo con lo
previsto en el artículo 15 del Real Decreto 515/2013, de 5 de julio.
Tercero.
El presente acuerdo de Consejo de Ministros será publicado en el «Boletín Oficial del
Estado», dado que pone fin al procedimiento para determinar y repercutir las
responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea, reconocidas por
la Comisión Europea mediante la carta Ares (2023)3982440 de la Comisión de 8 de junio
de 2023, donde se ha liquidado las cuentas del Organismo Pagador de Comunidad
Autónoma de Cataluña correspondientes a los gastos financiados por el Feader en
relación con el cierre final de las cuentas del Programa de Desarrollo Rural para el
período 2007-2013. En la citada carta figuran los importes financiados a recuperar que
debe reintegrar el Organismo Pagador, una vez cerrado el programa de desarrollo rural
de la Comunidad Autónoma de Cataluña en el ejercicio financiero 2022.
Asimismo, el Acuerdo en su parte expositiva indica:
La Comisión Europea, ha liquidado las cuentas del Organismo Pagador de
Comunidad Autónoma de Cataluña correspondientes a los gastos financiados por el
Feader en relación con el cierre final de las cuentas del Programa de Desarrollo Rural
para el período 2007-2013. En la carta Ares (2023)3982440 de la Comisión de 8 de junio
de 2023, figuran los importes financiados a recuperar que debe reintegrar el Organismo
Pagador, una vez cerrado el citado programa de desarrollo rural de la Comunidad
Autónoma de Cataluña en el ejercicio financiero 2022.
En este caso, el importe a reintegrar total es de 11.892,51 euros y se corresponde
con las cantidades recuperadas según lo declarado en el Anexo II Reglamento (UE)
número 908/2014.
El Fondo Español de Garantía Agraria, O.A., en adelante FEGA, conforme al el
artículo 10 del Real Decreto 1046/2022, de 27 de diciembre, por el que se regula la
gobernanza del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común en España y de los
fondos europeos agrícolas FEAGA y Feader, es el organismo competente de la
Administración General del Estado para iniciar de oficio el procedimiento de
determinación de responsabilidades como Organismo de coordinación de todos los
pagos procedentes de dichos fondos. Además, se establece que son los organismos
pagadores de las Comunidades Autónomas los que tienen competencia en la gestión,
control, resolución y pago de los fondos agrícolas y, por tanto, en consonancia con la
disposición adicional quinta del Real Decreto 515/2013, de 5 de julio, deben asumir el
pago de las correcciones financieras derivadas de las ayudas en las que tienen
competencias.

En consecuencia, en base al artículo 8.1 del Real Decreto 515/2013, de 5 de julio,
por el que se regulan los criterios y el procedimiento para determinar y repercutir las
responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea, el FEGA inició
de oficio, mediante acuerdo de 20 de julio de 2023, el procedimiento de determinación de
responsabilidades, que fue notificado el día 20 de julio de 2023 y recepcionado por el
Organismo Pagador de la Comunidad Autónoma de Cataluña el 21 de julio de 2023.
De este acuerdo de inicio se remitió copia a los órganos competentes en materia de
hacienda pública de la Administración responsable.
El Organismo Pagador de la Comunidad Autónoma no presentó alegaciones al
acuerdo de inicio en defensa de su derecho, con arreglo a lo establecido en el artículo 11
del citado Real Decreto 515/2013, de 5 de julio.
Conforme al artículo 13 del Real Decreto 515/2013, de 5 de julio, antes de formular la
propuesta de resolución, el 28 de septiembre de 2023 se puso de manifiesto al
Organismo Pagador de la Comunidad Autónoma de Cataluña el expediente completo

cve: BOE-A-2023-25400
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Continúa la propuesta como sigue: