III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Planes de estudios. (BOE-A-2023-25414)
Resolución de 16 de noviembre de 2023, de la Secretaría General de Universidades, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Universidades, por el que se establecen recomendaciones para la acreditación del cumplimiento de los requisitos establecidos en la Orden CNU/1309/2018, de 5 de diciembre, para el acceso al Máster en Psicología General Sanitaria en los títulos universitarios oficiales extranjeros de Psicología.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 298

Jueves 14 de diciembre de 2023

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acceso al Máster en Psicología General Sanitaria según lo establecido en la disposición
adicional séptima de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública, con
respecto a los procedimientos para la acreditación del cumplimiento de los requisitos
establecidos en la Orden CNU/1309/2018, de 5 de diciembre, por la que se regulan las
condiciones generales a las que se ajustarán los planes de estudio del Grado en
Psicología, en los títulos universitarios oficiales extranjeros de Psicología; orientaciones
que bajo el paraguas de un amplio consenso entre la comunidad universitaria puedan ser
aplicadas por las respectivas universidades desde su autonomía y en sus ámbitos
territoriales de competencia.
De acuerdo con lo anterior, el Consejo de Universidades acuerda aprobar las
recomendaciones siguientes:
Primero. Normativa de aplicación.
1. Según lo establecido en el artículo 3 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo,
del Sistema Universitario, la admisión del estudiantado forma parte de la autonomía
universitaria.
2. Tras la entrada en vigor de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, la
disposición adicional séptima de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud
Pública, párrafo a) de su apartado 3 establece que: «a) El título de Grado en Psicología,
que no habilitará, por sí mismo, para el ejercicio de la psicología en el sector sanitario,
constituirá un requisito necesario para el acceso al Máster de Psicología General
Sanitaria, así como cualquier otro título universitario oficial extranjero de Psicología que
cumpla con los requisitos establecidos en la Orden CNU/1309/2018, de 5 de diciembre,
por la que se regulan las condiciones generales a las que se ajustarán los planes de
estudio del Grado en Psicología, en particular en lo que se refiere a las materias
obligatorias vinculadas a la Psicología de la Salud».
Segundo.

Requisitos para el acceso al Máster en Psicología General Sanitaria.

1. La aplicación del precepto anterior al caso de títulos universitarios oficiales
extranjeros viene a establecer la vía a partir de la cual las personas tituladas en
Psicología en sistemas educativos extranjeros pueden acceder al Máster en Psicología
General Sanitaria. Estos estudiantes necesitan acreditar que su formación cumple con
los requisitos establecidos en la Orden CNU/1309/2018, de 5 de diciembre, lo que en
particular incluye al menos, 90 créditos ECTS de materias obligatorias vinculadas a la
Psicología de la Salud.
2. Los procedimientos para la acreditación, por parte de las universidades, del
cumplimiento de los requisitos establecidos en la Orden CNU/1309/2018, de 5 de
diciembre, conforme a la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública,
podrán guiarse por las recomendaciones recogidas en apartado cuarto del presente
Acuerdo.
3. En el resto de los aspectos no consignados en el apartado cuarto se entenderá
que son de aplicación los criterios establecidos por las propias universidades.

El procedimiento que deberán seguir aquellas personas interesadas en acreditar el
cumplimiento de los requisitos de los títulos universitarios extranjeros en Psicología
recogidos en la Orden CNU/1309/2018, de 5 de diciembre, será el siguiente:
1.

Inicio del Procedimiento.

Las personas interesadas podrán solicitar la acreditación de los requisitos recogidos
en la Orden CNU/1309/2018 mediante la presentación de una solicitud en una de las
universidades del sistema universitario español que imparta el título de Máster

cve: BOE-A-2023-25414
Verificable en https://www.boe.es

Tercero. Procedimiento.