II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-25379)
Resolución de 1 de diciembre de 2023, conjunta de la Universidad de Murcia y el Servicio Murciano de Salud de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, por la que se convoca concurso de acceso a plazas vinculadas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 14 de diciembre de 2023

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5. Comisión evaluadora
5.1 Las Comisiones estarán formadas por la personas que figuran en anexo III de la
convocatoria, nombradas de acuerdo con el procedimiento y condiciones establecidas en
los artículos 5 y 6 del Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre, por el que se regula el
régimen de los concursos de acceso a cuerpos docentes universitarios, artículo 154 de
los Estatutos de la Universidad de Murcia y en la normativa de Concursos de Acceso a
Cuerpos Docentes Universitarios de la Universidad de Murcia, aprobada en Consejo de
Gobierno, de fecha 18 de diciembre de 2015.
La configuración de las comisiones se ajustará al principio de composición
equilibrada que contempla la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad
efectiva de mujeres y hombres, que establece como criterio de actuación la obligación de
promover la presencia equilibrada de mujeres y hombres en los órganos de selección y
valoración, salvo por razones fundadas y objetivas, debidamente motivadas.
Se entenderá por composición equilibrada la presencia de mujeres y hombres de
forma que, en el conjunto a que se refiera, las personas de cada sexo no superen el
sesenta por ciento ni sean menos del cuarenta por ciento.
5.2 De conformidad con el artículo 6.4 del Real Decreto 1313/2007, de 5 de
octubre, los currículos de las personas integrantes de las Comisiones Evaluadoras se
encuentran publicados en la Oficina Virtual de Recursos Humanos (CONVOCUM), en la
dirección
electrónica:
https://convocum.um.es/,
apartado
INFORMACIÓN
COMPLEMENTARIA, «Currículos comisiones evaluadoras de plazas de los cuerpos
docentes universitarios».
Una vez registrada la solicitud, las personas aspirantes podrán consultar los
currículos de los y las integrantes de las comisiones evaluadoras de las plazas a las que
concursan, previa identificación con su DNI y el código de la solicitud.
5.3 El nombramiento como miembro de una Comisión es irrenunciable, salvo
cuando concurra causa justificada que impida su actuación como en la misma. En este
caso, la apreciación de la causa alegada corresponderá al Rector de la Universidad de
Murcia, que deberá resolver en el plazo legalmente establecido.
Los supuestos de abstención o recusación que puedan plantearse se tramitarán y
resolverán conforme a lo dispuesto en los artículos 23, 24 y sus concordantes de la
Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Una vez resuelto el escrito de renuncia, abstención o recusación que pudiera
haberse presentado las personas integrantes afectados serán sustituidos por sus
respectivos suplentes.
En el supuesto excepcional de que también en el suplente de que se trate
concurriese alguna de las circunstancias de impedimento citadas anteriormente, su
sustitución se hará por orden correlativo de nombramiento entre los miembros suplentes.
Si tampoco fuera posible esta sustitución, el Rector procederá al nombramiento de nuevo
o nueva titular y suplente al objeto de cubrir la vacante producida.
5.4 La Comisión deberá constituirse en el plazo máximo de tres meses contados a
partir del día siguiente al de la publicación de la lista definitiva de personas admitidas y
excluidas. Para ello, el Presidente y Presidenta de la Comisión dictará resolución
convocando a las personas integrantes titulares y, en su caso, a las suplentes para
proceder al acto de constitución de la Comisión, fijando fecha, hora y lugar de
celebración, notificándola a todos las personas interesadas.
La Constitución de cada Comisión exigirá la presencia de la totalidad de sus
miembros. Los y las titulares que no concurrieran al citado acto cesarán y serán
sustituidos conforme a lo previsto en los apartados c) y d) del artículo 7 de la normativa
de los Concursos de Acceso de la Universidad de Murcia.
Asimismo, el Presidente o la Presidenta de la Comisión dictará resolución
convocando a todos las personas candidatas admitidas para realizar el acto de
presentación, con señalamiento de fecha, hora y lugar de celebración.
Ambas resoluciones deberán ser notificadas a las personas interesadas con una
antelación mínima de diez días hábiles respecto de la fecha del acto para el que son

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Núm. 298