III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2023-25345)
Resolución de 5 de diciembre de 2023, del Museo Nacional del Prado, por la que se publica el Convenio con la Universidad Rey Juan Carlos, para la realización de prácticas académicas externas no remuneradas de estudiantes universitarios en el Museo Nacional del Prado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 297

Miércoles 13 de diciembre de 2023

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estudios universitarios, la relación de los problemas planteados y el procedimiento
seguido para su resolución, la identificación de las aportaciones que en materia de
aprendizaje han supuesto las prácticas, la evaluación de las prácticas, y cualquier otro
aspecto que considere relevante hacer conocer al Museo del Prado.
12. Al finalizar la estancia, el estudiante se compromete a entregar al Museo del
Prado la tarjeta de seguridad.
Protección de datos y transparencia.

Las partes del presente convenio se comprometen a realizar el tratamiento de los
datos personales que requiera su ejecución, conforme a lo establecido en el Reglamento
(UE) 679/2016, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a
la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos
personales (Reglamento General de Protección de Datos), la Ley Orgánica 3/2018, de 5
de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales y
demás normativa aplicable sobre protección de datos.
A los efectos, las partes se informan recíprocamente de que cada una de ellas tratará
los datos personales cuyo tratamiento se requiera para la ejecución del convenio como
responsables de tratamiento. En virtud de lo anterior, las partes incorporarán a la
correspondiente actividad de tratamiento los tratamientos llevados a cabo para la
ejecución del presente convenio y darán información clara a los interesados del ejercicio
de sus derechos, del responsable del tratamiento, y del Delegado de Protección de Datos.
Los datos personales se conservarán mientras sean necesarios para la finalidad para
la que han sido recabados y para determinar las posibles responsabilidades que se
pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos.
Cada parte será responsable de atender las solicitudes de ejercicio de derechos
establecidos en los artículos 15 a 22, ambos inclusive, del RGPD, y las reclamaciones,
en su caso, a las mismas, que correspondan a tratamientos en los que ostenten la
consideración de responsable del tratamiento, debiendo colaborar entre sí para la
adecuada atención y satisfacción de los derechos de los interesados.
Las partes mantendrán la confidencialidad en el tratamiento de todos los datos
personales facilitados por cada una de ellas y de la información, de cualquier clase o
naturaleza, resultante de la ejecución del presente convenio.
La intervención de encargados de tratamiento requerirá el consentimiento de ambas
partes y la suscripción del correspondiente acuerdo de encargo conforme a lo previsto en
el artículo 28 del RGPD.
Las partes firmantes están obligadas a implantar medidas técnicas y organizativas
necesarias que garanticen la seguridad e integridad de los datos de carácter personal y
eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.
Las obligaciones en materia de protección de dichos datos tendrán validez durante la
vigencia del presente convenio y una vez terminado éste.
La finalidad es el análisis y tratamiento de datos identificativos y cuya base legal es la
prevista en el artículo 6.1.b) del RGPD: «el tratamiento es necesario para la ejecución de
un contrato en el que el interesado es parte o para la aplicación a petición de este de
medidas precontractuales»; y la prevista en el artículo 6.1.e) del RGPD: «el tratamiento es
necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio
de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento». Los datos personales
podrán ser comunicados a las Administraciones Públicas y autoridades que establezca la
ley y serán conservados el tiempo necesario para la ejecución del presente convenio.
Los titulares de los datos podrán ejercitar sus derechos de acceso, rectificación,
supresión, oposición, limitación y portabilidad ante cualquiera de los responsables del
tratamiento de los datos personales mediante escrito dirigido a las direcciones que
constan en el encabezamiento del presente convenio, en los términos previstos en la
legislación de protección de datos, aportando fotocopia de su DNI o documento
equivalente, o en las direcciones de correo electrónico habilitadas a tales efectos.

cve: BOE-A-2023-25345
Verificable en https://www.boe.es

Séptima.