III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Deporte universitario. Campeonatos de España. (BOE-A-2023-25338)
Resolución de 23 de noviembre de 2023, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se convocan los Campeonatos de España universitarios para el año 2024 y se establece el procedimiento para su desarrollo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 297

Miércoles 13 de diciembre de 2023
3.

Sec. III. Pág. 165128

De las obligaciones del Consejo Superior de Deportes.

El Consejo Superior de Deportes se compromete a:
a) Coordinar y supervisar la preparación y el desarrollo de los CEU 2024.
b) Coordinar, organizar y gestionar, con sus propios medios, las inscripciones de las
personas que participen en los CEU 2024, así reconocidos por resolución de la
Presidencia del Consejo Superior de Deportes.
c) Poner a disposición de las universidades organizadoras de cada uno de los
CEU 2024 los datos personales necesarios de los participantes inscritos, para su
acreditación y la organización técnica de los campeonatos.
d) Publicar el Reglamento General de los Campeonatos de España Universitarios y
los reglamentos técnicos específicos de las modalidades deportivas de los CEU 2024.
e) Nombrar el Juez único o Jueza única de competición propuesto por las
universidades organizadoras.
f) Aportar a las entidades organizadoras la imagen gráfica que deberá utilizarse en
la cartelería, acreditaciones y documentación en general que se elaborare en todos los
campeonatos.
g) Aportar las medallas y trofeos para los premiados en cada competición, que
reflejarán el nombre del Campeonato de España Universitario del que se trate. En el
caso de aquellas competiciones que pudieran llegar a celebrarse antes de que sea viable
por los plazos administrativos que el CSD pueda aportarlos, la propia universidad
organizadora será la responsable de su suministro.
h) Suscribir una póliza de responsabilidad civil, subsidiaria respecto de los
miembros de las universidades participantes, jueces y árbitros de la competición y
personal de la organización debidamente acreditada, que les cubra en el ámbito de su
actuación y durante la realización de las actividades dentro del mismo.

1. El órgano instructor del procedimiento será la Dirección General de Deportes del
Consejo Superior de Deportes.
2. La Comisión Permanente del Comité Español de Deporte Universitario (CEDU)
estudiará la calidad y viabilidad de los proyectos de organización presentados.
3. Podrán optar a organizar los campeonatos convocados las Universidades
pertenecientes al CEDU. Para ello deberán presentar su solicitud siguiendo la normativa
establecida en esta convocatoria y resultar seleccionadas en el listado definitivo que se
publique en la resolución definitiva que se adopte.
4. Con carácter excepcional, y para favorecer la planificación de los proyectos,
aquellas universidades que deseen presentar alguna candidatura de Campeonato de
España Universitario para el año 2025 (CEU 2025), podrá hacerlo, justificando en el
proyecto las circunstancias que aconsejan su aprobación en esta convocatoria. En la
fase de valoración, la Comisión Permanente del CEDU informará específicamente sobre
el proyecto, indicando, en su caso, las razones que aconsejan su aprobación anticipada.
5. El Consejo Superior de Deportes valorará positivamente, para seguir avanzando
en los programas para deportistas con algún tipo de discapacidad, aquellos proyectos de
organización que incluyan la celebración de la modalidad adaptada.
6. Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de treinta días naturales
contados a partir del siguiente a la publicación en el BOE de la presente resolución. En
virtud de los previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones públicas, las solicitudes deberán
presentarse de modo telemático a través de la Sede Electrónica del Consejo Superior de
Deportes, accesible en la dirección electrónica: https://sede.csd.gob.es (trámite
número 991927). Las solicitudes deberán estar firmadas mediante una firma electrónica
avanzada, acorde con lo dispuesto sobre firma electrónica en la citada Ley 39/2015.

cve: BOE-A-2023-25338
Verificable en https://www.boe.es

Tercero. Plazo y procedimiento de solicitud de organización de las competiciones convocadas.