III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Convenios. (BOE-A-2023-25353)
Resolución de 16 de noviembre de 2023, del Consorcio Barcelona Supercomputing Center-Centro Nacional de Supercomputación, por la que se publica el Convenio con la Fundació Institut de Bioenginyeria de Catalunya y la Fundació Institut d'Investigació en Ciències de la salud Germans Tries i Pujol, para la ejecución de un proyecto de investigación del plan complementario de biotecnología aplicada a la salud.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 13 de diciembre de 2023

Sec. III. Pág. 165198

Pedro Ángel Casado Martín, de fecha 30 de marzo de 2022, escriturado con el núm. 607
de su protocolo [UL_IGTP-AEC_2022-048].
Las partes (en adelante, conjuntamente referidas como las «Partes» e
individualmente como la «Parte») se reconocen recíprocamente la capacidad con la que
respectivamente intervienen para suscribir el presente Convenio de Colaboración y de
mutuo y común acuerdo
EXPONEN
Que la Fundació Institut de Bioenginyeria de Catalunya (IBEC), integrada por la
Generalitat de Catalunya, mediante el departamento competente en materia de
investigación y el departamento competente en materia de salud, por la Universitat
Politècnica de Catalunya y por la Universitat de Barcelona, es entidad del sector público
de la Generalitat de Catalunya y está adscrita al departamento competente en materia de
investigación, y tiene por objeto la investigación de excelencia en el ámbito de la
bioingeniería a fin de ser un centro de referencia internacional de primera línea en el
desarrollo de la investigación y la docencia en este campo. Así mismo, ha sido
reconocido como centro CERCA por la Resolución EMC/971/2020, de 5 de mayo, de
reconocimiento de varios centros de investigación de Cataluña como centros CERCA,
motivo por el cual tiene la consideración de agente ejecutor de la investigación de
acuerdo con la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la ciencia, la tecnología y la innovación.
Que en fecha 9 de junio de 2020 se aprobó el documento final del Pacto Nacional
para la Sociedad del Conocimiento, que tiene por objetivo configurar una estrategia
inteligente de modernización, en base al debate con los diferentes sectores implicados,
alrededor de los nuevos retos, globales y locales que la evolución de la sociedad plantea
a nivel académico, científico y tecnológico, y también configurar los ejes que tienen que
permitir mantener un posicionamiento líder de nuestro sistema de conocimiento, que
coadyuve al mantenimiento de una sociedad del bienestar, basada en el progreso y en la
aplicación que el conocimiento genera.
Que el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (en adelante, también MRR)
establecido por el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 12 de febrero de 2021, por el cual se establece el Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia de la UE (Reglamento del MRR), rige el Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia (en adelante, también PRTR) informado favorablemente
por la Comisión Europea el 16 de junio de 2021 y aprobado por el Consejo de la Unión
Europea el 6 de julio de 2021.
Que entre los objetivos generales del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia figuran el impulso a la transformación digital y el crecimiento inteligente,
sostenible e inclusivo, incluyendo actuaciones dirigidas a impulsar la I+D+I, que es un factor
crítico para incrementar la productividad y competitividad del país. Dentro de su Política
Palanca VI: «Pacto por la ciencia y la innovación. Refuerzo a las capacidades del Sistema
Nacional de Salud» se encuentra el componente 17, denominado «Reforma institucional y
fortalecimiento de las capacidades del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e
Innovación», entre los objetivos del cual figura la introducción de medidas contundentes de
reconstrucción y reforzamiento del sistema de ciencia e innovación, con un refuerzo de la
investigación básica y de la innovación, desde la modernización de los procesos productivos
mediante la incorporación de tecnologías ya existentes hasta la innovación incremental y el
aumento de los activos inmateriales y, finalmente, el lanzamiento de procesos de innovación
verdaderamente disruptiva con una perspectiva de futuro.
Que concretamente, la Inversión 1 del componente 17 (C17.I1) contempla los Planes
Complementarios como un instrumento de colaboración entre las comunidades autónomas
y la Administración General del Estado en la ejecución de las políticas de I+D+I, alineando
prioridades y estableciendo sinergias en áreas estratégicas comunes.
Que mediante Acuerdo del Consejo de Política Científica, Tecnológica y de
Innovación, de 8 de noviembre de 2021 se establece el marco para la implementación de

cve: BOE-A-2023-25353
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Núm. 297