III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-25275)
Resolución de 27 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Energía Inagotable de Tejat, SL, autorización administrativa previa para el parque eólico Tejat, de 56 MW de potencia instalada y sus infraestructuras de evacuación, en la provincia de Huesca.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 296
Martes 12 de diciembre de 2023
Sec. III. Pág. 164874
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 27 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Energía Inagotable de Tejat, SL,
autorización administrativa previa para el parque eólico Tejat, de 56 MW de
potencia instalada y sus infraestructuras de evacuación, en la provincia de
Huesca.
Energía Inagotable de Tejat, SL (en adelante, el promotor), solicitó con fecha 12 de
julio de 2021 autorización administrativa previa y declaración de impacto ambiental del
parque eólico Tejat, de 49,5 MW de potencia, junto a las líneas eléctricas de evacuación
a 30 kV hasta la subestación eléctrica SET Almolda 30/400 kV.
La subestación eléctrica SET Almolda 30/400 kV, junto al resto de la infraestructura
de evacuación de energía eléctrica conjunta está fuera del alcance de la presente
resolución, y conectará el parque eólico Tejat con la red de transporte en la subestación
de Rubí 400 kV, propiedad de Red Eléctrica de España, SAU, en la provincia de
Barcelona.
Corresponde a la Administración General del Estado autorizar las instalaciones de
producción, incluyendo sus infraestructuras de evacuación, que excedan del ámbito
territorial de una Comunidad Autónoma, todo ello según el artículo 3 de la Ley 24/2013,
de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
Esta Dirección General, con fecha 24 de julio de 2021, dictó acuerdo de acumulación
para la tramitación conjunta de los expedientes de autorización administrativa previa de
los parques eólicos Zibal, Almaz, Gomeisa, Lynx, Fulu, Tejat y Zosma, en las provincias
de Huesca y Zaragoza, con número de expediente asociado PEol-663 AC.
El expediente acumulado fue incoado y tramitado en el Área de Industria y Energía
de la Delegación del Gobierno en Aragón, y se tramitó de conformidad con lo previsto en
el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, y con lo dispuesto en la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, de evaluación ambiental, habiéndose solicitado los correspondientes informes
a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de
servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y
derechos a su cargo.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 31 de diciembre de 2021 en el
«Boletín Oficial del Estado», con fecha 30 de diciembre de 2021 en el «Boletín Oficial de
la Provincia de Huesca», y con fecha 4 de febrero de 2022 en el «Boletín Oficial de la
Provincia de Zaragoza». Se recibieron alegaciones, las cuales fueron contestadas por el
promotor.
Entre las alegaciones destacan las de los promotores de proyectos de energías
renovables Jorge Energy IV, SL, y Jorge SL, debido a potenciales solapamientos del
presente expediente con los proyectos desarrollados por los promotores previamente
mencionados. Se da traslado al promotor, que responde a las mismas, indicando que
tiene intención de continuar con las conversaciones para lograr una solución técnica,
compatibilizando las infraestructuras afectadas.
Se han recibido contestaciones, de las que no se desprende oposición, de la
Dirección General de Energía y Minas del Gobierno de Aragón, de Red Eléctrica de
cve: BOE-A-2023-25275
Verificable en https://www.boe.es
25275
Núm. 296
Martes 12 de diciembre de 2023
Sec. III. Pág. 164874
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 27 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Energía Inagotable de Tejat, SL,
autorización administrativa previa para el parque eólico Tejat, de 56 MW de
potencia instalada y sus infraestructuras de evacuación, en la provincia de
Huesca.
Energía Inagotable de Tejat, SL (en adelante, el promotor), solicitó con fecha 12 de
julio de 2021 autorización administrativa previa y declaración de impacto ambiental del
parque eólico Tejat, de 49,5 MW de potencia, junto a las líneas eléctricas de evacuación
a 30 kV hasta la subestación eléctrica SET Almolda 30/400 kV.
La subestación eléctrica SET Almolda 30/400 kV, junto al resto de la infraestructura
de evacuación de energía eléctrica conjunta está fuera del alcance de la presente
resolución, y conectará el parque eólico Tejat con la red de transporte en la subestación
de Rubí 400 kV, propiedad de Red Eléctrica de España, SAU, en la provincia de
Barcelona.
Corresponde a la Administración General del Estado autorizar las instalaciones de
producción, incluyendo sus infraestructuras de evacuación, que excedan del ámbito
territorial de una Comunidad Autónoma, todo ello según el artículo 3 de la Ley 24/2013,
de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
Esta Dirección General, con fecha 24 de julio de 2021, dictó acuerdo de acumulación
para la tramitación conjunta de los expedientes de autorización administrativa previa de
los parques eólicos Zibal, Almaz, Gomeisa, Lynx, Fulu, Tejat y Zosma, en las provincias
de Huesca y Zaragoza, con número de expediente asociado PEol-663 AC.
El expediente acumulado fue incoado y tramitado en el Área de Industria y Energía
de la Delegación del Gobierno en Aragón, y se tramitó de conformidad con lo previsto en
el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, y con lo dispuesto en la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, de evaluación ambiental, habiéndose solicitado los correspondientes informes
a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de
servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y
derechos a su cargo.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 31 de diciembre de 2021 en el
«Boletín Oficial del Estado», con fecha 30 de diciembre de 2021 en el «Boletín Oficial de
la Provincia de Huesca», y con fecha 4 de febrero de 2022 en el «Boletín Oficial de la
Provincia de Zaragoza». Se recibieron alegaciones, las cuales fueron contestadas por el
promotor.
Entre las alegaciones destacan las de los promotores de proyectos de energías
renovables Jorge Energy IV, SL, y Jorge SL, debido a potenciales solapamientos del
presente expediente con los proyectos desarrollados por los promotores previamente
mencionados. Se da traslado al promotor, que responde a las mismas, indicando que
tiene intención de continuar con las conversaciones para lograr una solución técnica,
compatibilizando las infraestructuras afectadas.
Se han recibido contestaciones, de las que no se desprende oposición, de la
Dirección General de Energía y Minas del Gobierno de Aragón, de Red Eléctrica de
cve: BOE-A-2023-25275
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